Pregunto a alguien que haya tenido un SICAM en el que aplicando el beneficio del art. 3 se absorbe toda la deuda.
EL CASO:
Una señora 25 años en Relación de Dependencia
2 años de art. 19
tengo que hacer SICAM por 3 años
Sucede que por el cese puedo aplicar 7 años de beneficio Art. 3....o sea que no tendrá deuda.
LAS PREGUNTAS:
Como se manejan imprimen el SICAM? Todo? Igual que siempre? En estos casos hay que tomar algún recaudo particular en el turno?
RARO: Hice jubilaciones pero siempre tienen mucha deuda y por eso no se si en este caso hay que tomar algún recaudo particular para el momento del turno.
GRACIAS
EL CASO:
Una señora 25 años en Relación de Dependencia
2 años de art. 19
tengo que hacer SICAM por 3 años
Sucede que por el cese puedo aplicar 7 años de beneficio Art. 3....o sea que no tendrá deuda.
LAS PREGUNTAS:
Como se manejan imprimen el SICAM? Todo? Igual que siempre? En estos casos hay que tomar algún recaudo particular en el turno?
RARO: Hice jubilaciones pero siempre tienen mucha deuda y por eso no se si en este caso hay que tomar algún recaudo particular para el momento del turno.
GRACIAS

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI