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  • Art 333 CPCCN in fine.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1089722  por MJG
 
Hola colegas me intimaron a poner lo extremos que quieran probarse con la declaración de cada testigo Art. 333 CPCCN, es la primera vez quería saber si esta bien lo que voy a presentar:

I. Que vengo a cumplimentar con lo establecido en la primera parte del último párrafo del Art. 333 CPCC, en relación a los extremos que se quieren probar con cada testigo ofrecido:
Tanto con la declaración del señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, como con la del señor xxxxxxxxxxxxxxxxxx, se intenta probar, la relación de causalidad entre la lesión del actor y el accidente sufrido, así como también, todo otro hecho controvertido que surja de autos.

LA VERDAD QUE NO SE BIEN QUE MAS PONER, AMBOS SON COMPAÑEROS DE TRABAJO DEL ACTOR, ESTO FUE UN ACCIDENTE LABORAL, BÁSICAMENTE LOS DOS VAN A DECIR LO QUE PASO ESE DÍA Y LA RESPONSABILIDAD DE LA ART POR FALTA DE MATERIALES DE PROTECCIÓN.
ESTA BIEN LO QUE PUSE?

GRACIAS
 #1089943  por andresxeneizes
 
si, es un recaudo formal, vos decis mas o menos que van a decir nada mas, yo entiendo que es mas que nada para que quede claro sobre que declara cada testigo de antemano por una cuestion de orden
 #1090012  por MJG
 
Gracias Andrés por la respuesta. Lo voy a presentar asi entonces. Saludos!