buenas tardes por favor quisiera saber si alguien podria orientarme respecto a la siguiente cuestión :un empleado falto a trabajar un día sin aviso y recibió una carta documento intimandolo a presentarse a trabajar, caso contrario incurrirá en abandono de trabajo. Los días subsiguientes no le permitio la guardia de la entrada de la planta entrar a trabajar. Recién vino a consultarme después de una semana. Contestamos un telegrama intimando a la dación de tareas y denunciando la prohibicion de ingreso bajo apercibimiento de considerarse despedido. Recibió una carta documento donde por abandono de trabajo por toda la semana lo despiden sin indemnización. Por favor quisiera que me orienten cómo contestar el próximo telegrama. Muchas gracias
Hola. Tenes como probar q no le permitieron ingresar ?
En ese caso rechaza por falaz malic improced.. ratifica la anterior y denuncia la injuria lab por negativa de tareas. Deci q maquinaron un despido justif cuando no fue asi. Que se de por despedido indirectamente por exclusiva culpa patronal. Intima plazo 2 dias habiles pago indemniz despido , falta preav , y todo lo q le deban bajo apercib art 2 ley 25323. Recordale q desde fecha del distracto tienen 30 dias para entregar certif trabj.remun contrib aportes bajo aperc art 80 lct y art 45 ley 25345. Pone domic legal y telef (del abogado obvio)por si llaman para arreglar.