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  • trabajador en negro - accidente de trabajo

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1057775  por Pamela2014
 
Hola soy nueva en el foro y estoy comenzando a dar mis primeros pasos en el Derecho laboral, hoy me llego al estudio un cliente que estaba trabajando en la casa de un arquitecto desde hace 5 meses como albañil, el mismo el viernes 12 de septiembre sufre en el horario de trabajo un accidente por el cual se le cortan dos tendones de la mano derecha, toda vez que el trabajador se encuentra registrado y teniendo en cuenta que en lo que se refiere al régimen de la construcción tiene una regulación especial quisiera saber como cursar la intimación para que el empleador aclare su situación laboral y se haga cargo del accidente de trabajo..
Me han surgido varias dudas en cuanto al telegrama si lo debo intimar por la 24013 o por la 22250, si alguien es tan amable de aclarar mis dudas y tiene algún modelo de telegrama para el caso que expreso se los agradezco.. saludos
 #1058231  por IVANNAOC
 
Hola, te ayudo aca va un modelo de un caso que tuve similar al tuyo. Suerte!


Quien suscribe ……………., DNI N° …………, con domicilio ………………, se dirige a Ud. y dice: Que como es de vuestro conocimiento, trabajo para Uds. en relación de dependencia jurídico-económica desde el día 1 DE ABRIL DE 2014, cumpliendo principalmente tareas de albañil, bajo la categoría ALBAÑIL, ZONA A, CCT 76/75, los días Lunes a Viernes, y en el horario de 8 horas a 16 horas, recibiendo como sueldo en mano la suma de $ 1.150 por semana o $ 19,16 la hora, por debajo del sueldo real según CCT 76/75 y Acuerdo UOCRA 2014 que fijo para ABRIL $ 32,39 la hora con más el Incremento del 15 % de $ 4,85, y ante negativa de trabajo INTIMOLE EN EL PLAZO PERENTORIO DE DOS (2) DÍAS HÁBILES, ACLARE SITUACIÓN LABORAL, bajo apercibimiento de considerarme injuriado y despedido indirectamente por su exclusiva culpa.- Asimismo y ante la falta de registración de mi relación laboral, INTIMO A UD.EN EL PLAZO DE DOS (2) DÍAS HÁBILES, Y POR HABERSE VENCIDO EN EXCESO EL PLAZO LEGAL DE 48 HS QUE TENÍA PARA HACERLO (ART 17 Y 18 LEY 22.250) ACREDITE INSCRIPCIÓN ANTE EL IERIC, Y ENTREGUE LA LIBRETA DE APORTES debiendo contener la misma los datos por mí ya suministrados desde el comienzo de la relación laboral, con sus montos debidamente actualizados según establece la normativa correspondiente, y con la fecha real de mi ingreso, cargo y remuneración al empleo, todo ello bajo apercibimiento de iniciar judicialmente el reclamo de los mismos con más las sanciones legales establecidas por el art. 18, de la ley 22.250 y que he reproducido en la presente misiva, constituyéndolo en mora para el caso de incumplimiento y bajo apercibimiento contenido en los Arts. 18, 30 y 33 ibídem.- INTIMO EN EL PLAZO DE DOS (2) DÍAS HÁBILES ACREDITE Y HAGA ENTREGA DE CONSTANCIAS FEHACIENTE DEL DEPÓSITO DE LOS APORTES AL FONDO DE DESEMPLEO (art 15, 29, 30 y 33 Ley 22.250), las cuales nunca fueron entregadas (art. 3, 13/15 ccs. y ss. Ley 22.250).- ASIMISMO INTIMO PLAZO PERENTORIO DE DOS (2) DÍAS HÁBILES INFORME CUAL ES LA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO con la cual tienen contratado la cobertura de riesgos para los trabajadores de su empresa prevista en la ley 24.557 y 26.773 e indicarme si realizaron la denuncia pertinente y en ese caso me entregue copia autenticada o juramentada de la misma, por el accidente laboral que sufrí el día 28 de Abril de 2014, en el lugar de trabajo, mientras realizaba mis labores, cayendo a un pozo que había en el lugar, que me produjo daños en el brazo izquierdo, espalda y pecho por la caída y golpe, y mucho dolor, imposibilitándome para continuar las tareas, y a los fines de obtener las prestaciones de ley, todo bajo apercibimiento de responder por los daños y perjuicios que vuestra arbitraria actitud me pudiera irrogar y de considerar a vuestra empresa como auto-asegurada, y en el último caso les emplazo por igual termino para proporcionarme las prestaciones médicas y dinerarias previstas en las leyes mencionadas bajo apercibimiento de reclamar las mismas judicialmente. INTIMOLE ADEMÁS PARA QUE EN EL TÉRMINO DE DOS (2) DÍAS HÁBILES ME ABONE LA DIFERENCIA DE LOS HABERES ADEUDADOS (ART 19) correspondientes al período de prescripción, ya que percibí en mano la suma de $ 1.150 por semana o $ 19,16 la hora, por debajo del sueldo real, cuando me correspondía recibir según CCT 76/75 y Acuerdo UOCRA 2014 para ABRIL/MAYO $ 32,39 la hora con más el Incremento del 15 % de $ 4,85, OSEA $ 37,24 LA HORA, bajo apercibimiento de considerarme en situación de despido indirecto por vuestra culpa, atento el carácter asistencial y alimentario que revisten los mismos, con más los intereses legales correspondiente, ya que la mora en el pago de los salarios es automática y no puede ser excusada, por la naturaleza alimentaria de los mismos y por constituir tal incumplimiento injuria laboral por la mala fe en el cumplimiento del contrato de trabajo. A los efectos de la presente dejo constituido domicilio en ……………….. - Estudio Jurídico, Dra. ……………, Cel. …………….. ……………., MAYO 16, 2014.- QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO, EMPLAZADO Y CONSTITUIDO EN MORA.- Atte.-
 #1058233  por IVANNAOC
 
En tu caso el parrafo de la falta de registracion no iria, ya que decis que esta registrado. Es un modelo, adecualo.
 #1058324  por Pamela2014
 
Muchas gracias no estaba segura en cuanto a la 24013 asi que gracias por tu respuesta porque en varios foros lei que no iba por la 24013.. Debido a un error de tipeo puse que estaba registrado pero no el albañil no esta registrado estaba en negro...muchas gracias