Hola! si alguien me puede responder..tengo una persona de 63 años de edad y 19 de aportes. ES chofer y se le aplica el decreto 4257/68. Quiero saber si a este cómputo privilegiado le puedo aplicar el art. 38 de la 24241 y reconocerle años por declaración jurada ya que cesó en 1994. Gracias.
