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  • ART. 3 LEY 24.476

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #102037  por GEO
 
UNA CONSULTA, COMO HACEMOS AHORA CON EL ART. 3 EN CUANTO A LA CANTIDAD DE AÑOS QUE TOMAMOS SEGUN EL CESE DE ACTIVIDAD , POR QUE LA TABLITA DECIA AÑO 2006/2007 UN AÑO, Y AHORA AÑO 2008 QUE TOMAMOS????

 #102058  por jfrotela
 
Los que cesaron a partir del 1º de enero no tienen derecho a ese beneficio

 #102390  por dra. soledad
 
CORRECTO CERO AÑO DE DECLARACION JURADA..... A PARTIR DEL 1° DE ENERO DEL 2008..-

 #102397  por GEO
 
GRACIAS!!!!!!!!