Gente tengo un sr 16/09/1950. Tiene 57 años.
-Tiene aportados en RD 10 meses años 1971 al 1972 comunes
-Tiene en RD con código 29 diferencia aportados 19 años ( entiendo que el régimen es del transporte y se jubila con 55 años y 25 de aportes) Desde 3/1979 hasta el 30/9/1999.
Y tiene una inscripción en autónomo 10/1999 al 2/2007 actividad 909 no tiene pagos.
A su vez le han declarado la incapcidad de un 66 %.
Preguntas:
-Si planteo una jubilación ordinaria hice el prorrateo y tendría que comprar unos 6años y 4 meses por moratoria . Con el programa de prorrateo me da que la edad la tiene el 9/2/2008 y se jubila con 57 años 4 meses, necesitando para el regimen comun 7 años y 2 meses ( de los cuales ya tengo 10 meses. Estoy en lo correcto?? Hice bien el prorrateo??
-Haciendo el mismo cálculo puedo llegar al requisito de aportante regular .Acreditar el mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común (30 años) o diferencial conforme al decreto o ley en el que se encuentre incluidos, para acceder a PBU/ PC/ PAP. Estoy en lo correcto??
Que trámite ven más conveniente para el sr
Agradecere las respuestas.
Silvana
-Tiene aportados en RD 10 meses años 1971 al 1972 comunes
-Tiene en RD con código 29 diferencia aportados 19 años ( entiendo que el régimen es del transporte y se jubila con 55 años y 25 de aportes) Desde 3/1979 hasta el 30/9/1999.
Y tiene una inscripción en autónomo 10/1999 al 2/2007 actividad 909 no tiene pagos.
A su vez le han declarado la incapcidad de un 66 %.
Preguntas:
-Si planteo una jubilación ordinaria hice el prorrateo y tendría que comprar unos 6años y 4 meses por moratoria . Con el programa de prorrateo me da que la edad la tiene el 9/2/2008 y se jubila con 57 años 4 meses, necesitando para el regimen comun 7 años y 2 meses ( de los cuales ya tengo 10 meses. Estoy en lo correcto?? Hice bien el prorrateo??
-Haciendo el mismo cálculo puedo llegar al requisito de aportante regular .Acreditar el mínimo de años de servicios exigidos por el régimen común (30 años) o diferencial conforme al decreto o ley en el que se encuentre incluidos, para acceder a PBU/ PC/ PAP. Estoy en lo correcto??
Que trámite ven más conveniente para el sr
Agradecere las respuestas.
Silvana
