hola a todos los foristas, me surgió una con respecto a la aplicación del beneficio del art. 3 de la ley 24476, en cuanto a si puede usarse en períodos en los que figura en relación de dependencia por medio de la certificación de servicios, ya que de no ser así no me dan las cuentas.
la mujer tiene 60 años recien cumplidos y aportes luego del 93, como siempre gracias.
la mujer tiene 60 años recien cumplidos y aportes luego del 93, como siempre gracias.
Preguntando se llega a cualquier lugar. Será cierto???

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI