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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #90610  por Mo
 
Hola les hago una pregunta. Presente una jubilacion automática de una señora que tiene pension graciable del IPS. Salió acordada pero dice condicionada resolucion 884/06 que dice que debe cancelar la moratoria antes de percibir el beneficio. Ahora, pregunto: en caso de preferir optar por la jubilacion tiene que renunciar a la pensión. Cuando debería hacerlo? porque tengo miedo que le obliguen a pagar estos meses. Y una vez que renuncia cuando empezaría a cobrar la jubilación? al mes siguiente? no tendría retroactivo entonces? Si la jubilacion se la acordaron en diciembre tiene que pagar enero o cuando dice condicionada quiere decir que hasta tanto opte por una o por la otra? Gracias
 #92565  por estudiocm
 
Hola Mo: no entiendo todas las dudas. pero el sistema es asi: queda condicionado a que cancele la moratoria, puede hacerlo durante 5 años (cosa que en este caso es imposible) o todo junto. en caso de que cancele la moratoria conservaria los dos beneficios, sino debe dar de baja la pension (si le conviene por el monto), para que se active la jubilacion y el retroactivo sera como en el caso de cualquier jubilacion, ya que con el primer haber estaria cobrando el retroactivo desde que enviaste el plan. No estoy muy segura si los meses que este en suspenso se los abonarán pero entenderia que si. Tendrías que llamar al 0800.
Un beso. Paula