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  • MENCION DEL MONTO INDEM. EN TCL

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #930492  por Payasito
 
Estimados:

Les consulto sobre lo siguiente, ya que es la primera vez que me sucede algo semejante. Llega a una empresa (a la que patrocino regularmente) un TCL donde un empleado, además de considerarse despedido (el despido no es el objeto del presente), nos intima a que se le abone UNA SUMA DE PESOS X en concepto de la reparación integral de los daños sufridos como consecuencia de un accidente laboral sufrido,SUMA QUE SE DETERMINA AL SOLO EFECTO DE UN ACUERDO EXTRAJUDICIAL , y esta es la consulta, el accidente ya le fue pagado por la ART la incapacidad que se le determinó, obviamente la suma que menciona es superior a lo que le pagó la ART, pero inferior a lo que si aplica la fórmula VOUTTO II daría, aún manteniendo el "%" de incapacidad determinada por la junta médica. Como no existe la más mínima intención de pagar "extrajudicialmente" ese monto ofrecido, y ante el hipotético juicio, PREGUNTO: Podría al contestar la demanda, esgrimir como defensa que la actora ofreció esa suma de pesos inferior a la que reclama en la demanda?

Saludos.
 #930497  por agentil
 
[quote="Payasito"]Estimados:

Les consulto sobre lo siguiente, ya que es la primera vez que me sucede algo semejante. Llega a una empresa (a la que patrocino regularmente) un TCL donde un empleado, además de considerarse despedido (el despido no es el objeto del presente), nos intima a que se le abone UNA SUMA DE PESOS X en concepto de la reparación integral de los daños sufridos como consecuencia de un accidente laboral sufrido,SUMA QUE SE DETERMINA AL SOLO EFECTO DE UN ACUERDO EXTRAJUDICIAL , y esta es la consulta, el accidente ya le fue pagado por la ART la incapacidad que se le determinó, obviamente la suma que menciona es superior a lo que le pagó la ART, pero inferior a lo que si aplica la fórmula VOUTTO II daría, aún manteniendo el "%" de incapacidad determinada por la junta médica. Como no existe la más mínima intención de pagar "extrajudicialmente" ese monto ofrecido, y ante el hipotético juicio, PREGUNTO: Podría al contestar la demanda, esgrimir como defensa que la actora ofreció esa suma de pesos inferior a la que reclama en la demanda?

Saludos.[/quot

Vos decís OFRECIO, entiendo que quisiste decir RECLAMO. Yo creo que no podés decir eso por el principio de irrenunciabilidad.

Además, veo que te estás adelantando o ya recibiste la demanda??

saludos!!
 #930571  por Payasito
 
Gracias Agentil.

Si me estoy adelantando y bastante, pero como es una empresa subcontratista, la otra empresa que es la que nos contrata, que tambien fue intimada, nos pide que un "informe técnico" sobre las acciones que seguiremos.

Y sí tenés razón, cuando remarcas que me exprese en forma errada, es un RECLAMO lo que hizo el empleado. (Es la costumbre, Ji).

Nuevamente, Gracias.-