Buenas noches foristas, les cuento que inicie dos demandas de dos actores diferentes contra un mismo demandado en capital. En uno de los juicios contestaron demanda y llegamos a un acuerdo en la audiencia. En el otro por el contrario el demandado no contesto demanda por lo wue qquedo rebelde y ahora se dicto sentencia. La pregunta es que se hace en estos casocaso,debo notificar a los estrados y luego que sigue. El demandado por loque se tiene otros jiocios y un embargo trabado con anterioridad al acuedo que les mencione. Que es lo primero que debo hacer?
