Estimados colegas, a los que tienen más experiencia, queria comentarles un caso y que piensan uds.El caso es que voy a demandar a una S.R.L y a sus socios por responsabilidad solidaria en una relación laboral no registrada en un restaurant.Mi consulta es si en virtud del Art. 30 LCT podría demandar también al dueño del Local (no se si complementan la actividad normal de la empresa), pero si el dueño sabía que era un restaurant, dado que era público y notorio.
