Drml2010 escribió:Buenas tardes colegas
Necesito orientacion en cuanto al modo de calculo de los rubros indemnizatorios respecto a las indemnizaciones previstas por leyes 24013 y 25323
ANTIGUEDAD 2 AÑOS
SALARIO $3000
AGRAVANTE DE EMBARAZO
Art. 8 ley 24013
Art. 15 ley 24013
Art. 2 ley 25323 [/i] Gracias.
Este post es una absoluta falta de respeto. El autor de este post, después de múltiples mensajes privados y mails, en los que me pedía ayuda con los telegramas y demás cirscunstancias habidas en otro post creado por el mismo (
viewtopic.php?f=9&t=168974&start=30) finalmente me pide que le realize esta misma liquidación que solicita en este post, cosa que sin ningún problema realizé y se la mandé. Luego me manda otro privado preguntándome como sacaba cada uno de los rubros, a lo que le contesté que no tenía ningún problema en explicarle, pero que antes quería saber con quien estaba hablando, que se identifique para seguir ayudándolo. Ahí se terminaron las comunicaciones.
Y ahora me encuentro con este post, que busca exactamente lo mismo solo que sin cumplir con lo mínimo solicitado por mi parte (apenas se pedía saber quien era) y pasando por arriba el tiempo que, de buena onda y gana, puse en sacarle el trabajo que el mismo debiera realizar (un laboralista que no sabe hacer una liquidación, por cierto)
Me parece una burla a mi buena fe. De ahora en adelante, por mi pàrte, ningún privado va a ser contestado sin previamente el requisito de la identificación y de la reciprocidad mínima que, solo por respeto, merece ser brindada. Y dense por notificados varios foristas (pequines, 2468 y otros) que al parecer manejan la misma costumbre.
Por cierto, esto nunca ocurre con mis compañeros laboralistas, habituales y aportantes al foro. Es una verdadera burla a quienes, con toda la buena intención, apoyamos y ayudamos especialmente a los colegas recien recibidos en un area tan compleja como la laboral.