Estimados tengo un caso que me llego HOY y viene medio complicado.. necesito un poco de ayuda porque me corren los plazos.
Este hombre tiene una antigüedad de 9 años y trabajo en negro 3, estaba por recibo con una categoría y con un salario inferior al fijado por CCT.- Les paso datos: Real fecha de ingreso: 1-12-2002 / Fecha de registracion: 1-06-2005. En Fecha 15-04-2011 lo DESPIDEN mediante C.D. (porque estaba registrado) y le liquidan conforme antigüedad y salario registrado ... este hombre cobra su liquidación el 31-03-2011 y ahora se desayuna que puede reclamar las DIFERENCIAS SALARIALES y la liquidación final conforme real remuneración ... Estamos todavía en plazo para reclamar, mi duda viene a colasion de las DIFERENCIAS SALARIALES por cuanto leí en algunos post que las diferencias se reclaman desde que se cursa la efectiva intimación de pago (cosa que estará haciendo este buen hombre mañana o pasado ) 2 AÑOS PARA ATRÁS .. y de ser así este hombre cursando intimación, supongamos mañana 5-12-2012, y calculando de esa fecha 2 años para atrás (5-12-2010) solo podría reclamar 5 MESES DE DIFERENCIAS SALARIALES por cuanto lo despidieron el 15-04-2011 ... Estoy en lo correcto??
Leí también que podría reclamar las diferencias de toda la relación laboral (cosa que tenia pensado hacer) pero rara vez te dan lugar y podría correr con las costas ...
Arme un TCL denunciando reales condiciones de trabajo y fecha de ingreso, denunciando el despido y luego intimando pago diferencias salariales, indemnización despido, preaviso, SAC, y vacaciones prop. conforme real salario devengado con mas intimaciónes art. 1 ley 25.323 (porque la 24.013 ya no puedo invocarla) y art. 80 LCT conforme reales condiciones. Que les parece??
Gracias!!
Este hombre tiene una antigüedad de 9 años y trabajo en negro 3, estaba por recibo con una categoría y con un salario inferior al fijado por CCT.- Les paso datos: Real fecha de ingreso: 1-12-2002 / Fecha de registracion: 1-06-2005. En Fecha 15-04-2011 lo DESPIDEN mediante C.D. (porque estaba registrado) y le liquidan conforme antigüedad y salario registrado ... este hombre cobra su liquidación el 31-03-2011 y ahora se desayuna que puede reclamar las DIFERENCIAS SALARIALES y la liquidación final conforme real remuneración ... Estamos todavía en plazo para reclamar, mi duda viene a colasion de las DIFERENCIAS SALARIALES por cuanto leí en algunos post que las diferencias se reclaman desde que se cursa la efectiva intimación de pago (cosa que estará haciendo este buen hombre mañana o pasado ) 2 AÑOS PARA ATRÁS .. y de ser así este hombre cursando intimación, supongamos mañana 5-12-2012, y calculando de esa fecha 2 años para atrás (5-12-2010) solo podría reclamar 5 MESES DE DIFERENCIAS SALARIALES por cuanto lo despidieron el 15-04-2011 ... Estoy en lo correcto??
Leí también que podría reclamar las diferencias de toda la relación laboral (cosa que tenia pensado hacer) pero rara vez te dan lugar y podría correr con las costas ...
Arme un TCL denunciando reales condiciones de trabajo y fecha de ingreso, denunciando el despido y luego intimando pago diferencias salariales, indemnización despido, preaviso, SAC, y vacaciones prop. conforme real salario devengado con mas intimaciónes art. 1 ley 25.323 (porque la 24.013 ya no puedo invocarla) y art. 80 LCT conforme reales condiciones. Que les parece??
Gracias!!
contra la alienacion...
