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 #909442  por marcere
 
estimados, el tema es el siguiente, voy por la actora
es un despido directo, inicie dda en caba, me contestan y ME QUIERO MATARRR!!
Bueno era empleado de un prestigioso hotel 5 estrellas y luego de una licencia al momento de su reincorporacion lo despiden. Yo contesto el despdio y reclamo despido discriminatorio.
Vamos al seclo y mi cte me indica q tenia un basico de 5000 mas adicionales de propinas y ventas de shows con lo cual manejaba mensualmente un total de $11000 en el acta de seclo se cierra reclamando diferencias salariales y despido discriminatorio.
Vuelvo inicio dda y en la contestacion hacen incapie en q nunca reclame las diferencias y q solo lo haga en el escrito de inicio, asimismo trata de manejar una suerte de estrategia manifestando q el despido no fue motivado por la enfermedad q padece mi apoderado DEABETES ya q dicen q ellos tenian conocimiento previo a tomarlo e incluso habia faltado 2 veces a causa de ello -eso cuando mi cte era dependiente de una emprersa de servicios eventuales-lo cierto es q ,,no voy a negarlo en mi dda manifeste q no lo sabian y q tomaron conocimiento una vez q mi cte le dio los respectivos certificados.
PREGUNTAS: como revierto el tema del no reclamo en tcl de las diferencias respecto del sueldo?? al haberlos reclamados en el seclo es valido para insertarlos en la dda??
Como doy vuelta el tema del conocimiento e la enfermedad q mi cte padecia- adjuntan preocupacional pero nada dice respecto de la deabetes, al ser una empresa de servicios eventuales quien en ppio lo destino a trabajar en el hotel y asimismo siendo q dicha empresa de servicios eventuales en la actualidad sigue brindando empleados al hotel puedo oponerme a la prueba de informes q el hotel solicita a la empresa ??


LA REALIADAD ES Q DESDE EL 2008 H EL 2011 SIEMPRE LABORO DENTRO DEL HOTEL PRIMERO DEPENDIENDO DE LA EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES, TOMADO EN RELACION DE DEPENDENCIA POR EL HOTEL -DESPEDIDO POR ESTE-TOMADO NUEVAMENTE POR LA EMPRESA DE SERVICIOS EVENTUALES PARA Q SIGA LABORANDO DENTRO DEL MISMO HOTEL- RENUNCIANDO- Y TOMADO NUEVAMENTE POR EL HOTEL PARA DESPEDIRLO POSTERIORMENTE. O SEA SIEMPRE EL EMPLEADOR CORTO LA ANTIGUEDAD PARA Q LAS LIQUIDACIONES SEAN MENORES Y NO GENERE MAS ANTIGUEDAD.
AYUDAAAA
 #909445  por carastec
 
Dado que el distracto fue un motivo ajeno a las diferencias que se reclaman, no veo el problema.

Lo único es que si se hubiesen intimado, habrías suspendido el plazo de la prescripción por un año, por única vez (por intimación auténtica, en los términos del Código Civil).
En cambio, al no haber intimado, es posible que te prescriba algún/os período/s de diferencias salariales. Pero no es nada TAN grave....
El rubro en sí no peligra por la falta de intimación.
 #909612  por Arbeiter
 
carastec escribió:Dado que el distracto fue un motivo ajeno a las diferencias que se reclaman, no veo el problema.

Lo único es que si se hubiesen intimado, habrías suspendido el plazo de la prescripción por un año, por única vez (por intimación auténtica, en los términos del Código Civil).
En cambio, al no haber intimado, es posible que te prescriba algún/os período/s de diferencias salariales. Pero no es nada TAN grave....
El rubro en sí no peligra por la falta de intimación.
Yo no coincido del todo, teniendo en cuenta que una audiencia es un medio de comunicacion procesal fehaciente, el demandado suscribe el acta de dicha audiencia y el secretario actuante da fé de ello, entiendo que están notificados, intimados y colocados en mora. Eso si lo que reclamaste en audiencia son diferencias salariales, que están devengados y en mora.
 #909659  por SABRIN
 
no es necesario que reclames las diferencias salariales en los tcl para reclamar en la demanda, con que esten en acta cierre seclo listo, por la mediacion previa obligatoria.-
Respecto del despido discriminatorio yo me mantendria con lo expuesto en tu demanda.-
 #909668  por flux
 
No hay ley alguna que te obligue a reclamar las diferencias en el TCL bajo pena de perderlas si no lo haces

Aparte el despido no tiene nada que ver con esas diferencias asi que tampoco esta en juego el despido mal o bien hecho

Tampoco puede el empleador alegar desconocimiento de que las adeudaba porque las diferencias surgen de lo que se paga y lo que el CCT dice, asi que bien sabe que las tareas del trabajador devengaban otro salario distinto al que se abonaba

Como mucho tenes la prescripcion bienal de los periodos anteriores
Como doy vuelta el tema del conocimiento e la enfermedad q mi cte padecia
Con testigos que digan que era conocido ese hecho
al ser una empresa de servicios eventuales quien en ppio lo destino a trabajar en el hotel y asimismo siendo q dicha empresa de servicios eventuales en la actualidad sigue brindando empleados al hotel puedo oponerme a la prueba de informes q el hotel solicita a la empresa ??
Ambas empresas estan demandadas supongo, si lo estan, si podes oponerte y tambien impugnarla

Porque seria prueba producida por otro codemandado, osea, por la contraparte