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  • AUDIENCIA LABORAL: NO NOTIFICARÓN A LA ACTORA!!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #909017  por 2LunaAzul
 
Q TAL COLEGAS? ESPERO ALGUIEN ME PUEDA AYUDAR!
TENGO AUDIENCIA DE ABSOLUCIÓN DE POSICIONES, YO VOY POR LA ACTORA, ES EN CAPITAL. EL TEMA ES QUE SEGÚN ESTE PROVEIDO:
"Toda vez que el accionante se domicilia en extraña jurisdicción notifíquesele la audiencia precedentemente señalada mediante cédula Ley 22.172, quedando la confección y diligenciamiento a cargo de la parte demandada; debiendo a su vez acreditar su correspondiente ingreso a la Oficina de Notificaciones pertinente dentro de los diez días de quedar notificada de la presente resolución y finalmente devolverla debidamente diligenciada hasta el momento de celebración de la audiencia aludida, todo bajo apercibimiento de tener, en su caso, por desistida de dicho medio de prueba. NOTIFIQUESE "
EL DEMANDADO TIENE QUE NOTIFICAR A MI CLIENTE; PERO LA AUDIENCIA ES EN 3 TRES DÍAS Y NO LLEGO NINGUNA CÉDULA!!!
QUÉ HAGO, ME NOTIFICO ESPONTÁNEAMENTE? O NO ME CONVIENE ASÍ PIERDE LA PRUEBA CONFESIONAL??
 #909025  por ods
 
yo diria que igual lleves a tu cliente y que se quede por la zona si no acredita la notificacion que ni se asome por el juzgado, podes pedir que se lo tenga por decaido y tomarle posiciones a la contraparte.
Ojo que puede acreditar el diligenciamiento en la misma audiencia.
 #909136  por Squonk
 
ods escribió:yo diria que igual lleves a tu cliente y que se quede por la zona si no acredita la notificacion que ni se asome por el juzgado, podes pedir que se lo tenga por decaido y tomarle posiciones a la contraparte.
Sí, siempre y cuando tengas poder de tu cliente
 #909201  por carastec
 
Es como te dicen, pero el riesgo es MUY GRANDE.

imaginte que por ahí notificaron la cédula y tu cliente no se enteró (por lo que sea), y la otra parte la acredita en el momento de la audiencia.
Podés quedar rebelde.

Lo más probable es que no la haya diligenciado, pero no podés arriesgarte tanto. (al menos, yo no lo haría).

Además, la prueba confesional el 90% de las veces se desiste...
 #909286  por 2LunaAzul
 
Desde ya agradezco me hayan contestado tan rápido!
Obviamente yo iba a ir con mi cliente; pero tenía miedo de que si no está notificado no se tome la audiencia! (por eso había pensado en presentar un escrito notificandome espontáneamente).
Pero según entendí, la audiencia se toma igual para la parte demandada y tendré que pedir que a ellos se los tenga por desistido en cuanto a tener que absolver mi cliente, no?
*leo*