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 #906948  por Arbeiter
 
Hola gente, tengo una duda con este bendito convenio.

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Entiendo por este artículo del acuerdo salarial de Mayo 2011, en resumen que ¿Ningún trabajador de este convenio cobra menos de $5800? ¿O lo estoy entendiendo mal?
 #906958  por poorlaw
 
Entiendo que los 5.800 es, para mayo del 2011, el valor asignado al salario mínimo profesional para la actividad bancaria, cualquiera sea la categoría o rama convencional en que revista. El concepto de remuneración conformada inicial surge del acta del 10/12/2008, suscripto entre la asociación bancaria y ADEBA, la asociación de bancos privados de capitales argentinos. Dicha Remuneración conformada inicial será la menor retribución que por todo concepto abonen los Bancos integrantes de la Cámara ADEBA (punto 2 del art. II del acuerdo). ASí que supongo que no se aplica a bancos estatales ni extranjeros.

No tengo certeza del texto actual del acta del 10-12-2008.

Saludos.
 #906993  por Arbeiter
 
Gracias poor! Ahora entiendo por qué se pelean tanto los bancarios con 15 años de antigüedad con los que recién entran...