Hola foristas! Soy estudiante todavía y tengo un par de dudas en un caso concreto.
Conozco a un amigo que lo despidieron y le pagaron la indemnización por el 245. El problema surge que estaba registrado en una categoría inferior distinta a la real en que se desempeñaba... y la liquidación que se tuvo en cuenta para el 245 es la del sueldo de la categoría inferior.
Mi duda es si se puede intimar al empleador por TELEGRAMA a que además de pagar las DIFERENCIAS SALARIALES por indemnización por antiguedad, se le podrían sumar las MULTAS de la ley 25.323?
Porque para mí, se podría reclamar por el art. 1 por estar registrado de modo deficiente (aunque se que la doctrina mayoritaria entiende que soló se aplican si se dan los supuestos del art. 8, 9 y 10 de la LE), y también intimarle en el telegrama que en caso de no pagar lo correspondiente se procederá a la multa del art 2 de la ley 25.323 por iniciar acciones judiciales.
Es decir se puede en el telegrama intimar por los 2 artículos de la ley 25.323?? Y procedería el art. 2... porque en realidad ya recibió parte de la indemnización??
Desde ya muchas gracias por su ayuda!!
Conozco a un amigo que lo despidieron y le pagaron la indemnización por el 245. El problema surge que estaba registrado en una categoría inferior distinta a la real en que se desempeñaba... y la liquidación que se tuvo en cuenta para el 245 es la del sueldo de la categoría inferior.
Mi duda es si se puede intimar al empleador por TELEGRAMA a que además de pagar las DIFERENCIAS SALARIALES por indemnización por antiguedad, se le podrían sumar las MULTAS de la ley 25.323?
Porque para mí, se podría reclamar por el art. 1 por estar registrado de modo deficiente (aunque se que la doctrina mayoritaria entiende que soló se aplican si se dan los supuestos del art. 8, 9 y 10 de la LE), y también intimarle en el telegrama que en caso de no pagar lo correspondiente se procederá a la multa del art 2 de la ley 25.323 por iniciar acciones judiciales.
Es decir se puede en el telegrama intimar por los 2 artículos de la ley 25.323?? Y procedería el art. 2... porque en realidad ya recibió parte de la indemnización??
Desde ya muchas gracias por su ayuda!!
