Hola! Necesitaba saber si es necesario presentar el pliego de posiciones y el interrogatorio a testigos junto con la demanda o puedo hacerlo después? Me refiero a provincia de Buenos Aires, porque no me queda claro el ART. 34 de la 11653.
"ARTICULO 34.- Cuando se solicite la absolución de posiciones será indispensable, para su admisión, acompañar el pliego respectivo. Caso contrario se la tendrá por no ofrecida."
Entiendo que se refiere a que si no se acompaña el pliego junto con la demanda, se tendrá por no ofrecida. Sucede lo mismo con el interrogatorio a los testigos?
Gracias! Ya estoy mareada!
"ARTICULO 34.- Cuando se solicite la absolución de posiciones será indispensable, para su admisión, acompañar el pliego respectivo. Caso contrario se la tendrá por no ofrecida."
Entiendo que se refiere a que si no se acompaña el pliego junto con la demanda, se tendrá por no ofrecida. Sucede lo mismo con el interrogatorio a los testigos?
Gracias! Ya estoy mareada!
