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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #892919  por santiso
 
Lese comento este caso que tengo de una señora que me trajo para que le saque una liquidacion. ESta señora se quiere ir de su trabajo pero quiere llegar a un acuerdo economico con su actual patrona, respecto a lo que le debe ya q estuvo bastante tiempo en negro.

desde el año 1973 hasta el 1989 trabajo en negro, luego se va y se reincorpora en el año 1993 y hasta el año 2004 tb trabajo en negro todo el dia, con una jornada laboral de mas de 8 hs. diariias, inclusive los sabados ya que trabajaba en una peluqueria. desde el año 2004 a la actualidad la puso en blanco y trabaja 1/2 dia.

su patrona le dice que le envie renuncia por telegrama, pero ella quiere arreglar el tema de aportes y de los años que estuvo en negro? puede reclamar en caso que vaya a juicio los años en negro ya que en el 2004 la blanqueo y ella no reclamo lo de antes?. esper puedas orientarme un poco. gracias

Y en caso de que este prescripta la accion ? reclamando la verdadera fecha de ingreso puede reclamar por dif de haberes? gracias
 #893140  por sergiosky
 
en cuanto a las diferencias salariales solo podes reclamar los dos años anteriores, lo demas esta prescripto.
con respecto a los aportes la jurisprudencia esta dividida, algunos dicen que dicho rubro tambien entra dentro de la prescripcion de los 2 años y otros opinan que el plazo es de 10 años.
con respecto al 245 LCT si podes probar todos los años en negro pues te dara mucho dinero ya que la prescripcion solo funciona por los creditos devengados y aun no cobrados, quedando fuera el rubro antiguedad y los demas que no tengan dicha naturaleza.
 #893145  por eltam88
 
Es como te dice el colega que me precede, igual tené en cuenta que vos podes reclamar dif salarial por todos los años laborados pues si no te oponen la excepción de prescripción estos prosperarían.
 #894216  por sanjuanino
 
No hay forma de arreglar lo que tu clienta quiere sin hacer un planteo judicial, pues otra cosa es creer en los reyes magos.
Las prescripciones respecto de lo previsional es como te dicen los colegas, siendo el criterio mayoritario la prescripción decenal.
Si lo que queres es hacer bardo, se puede demandar ´por los arts. 9, 10 y 15 de la 24013, y tenes un hermoso caso como para cambiar el auto.
hoy me levanté muy malo :twisted: :twisted: :twisted:
 #894297  por yw001
 
From now on both sides of the 1/2 tower and the captain of the key level will increase greatlyDiablo 3 Gold, initial attack defensive point will change, blizzard intentions may be want to weaken the PVE play now. Mr Hill rhythm seemingly will greatly speed up, Diablo 3 Itemactually because of the style of PVE feasibility reduce and slow down.
 #894395  por sanjuanino
 
:?: :?: :?: :?: :?: :?: :?: :?: :shock: :shock: :shock:
 #898181  por Arbeiter
 
sergiosky escribió:con respecto al 245 LCT si podes probar todos los años en negro pues te dara mucho dinero ya que la prescripcion solo funciona por los creditos devengados y aun no cobrados, quedando fuera el rubro antiguedad y los demas que no tengan dicha naturaleza.
¿Alguien tendría la amabilidad de ampliarme este concepto un poquito? ¿O es simplemente que no opera la prescripción porque no habiendo aún despido no están devengados los rubros indemnizatorios?
 #898184  por sanjuanino
 
Arbeiter escribió:
sergiosky escribió:con respecto al 245 LCT si podes probar todos los años en negro pues te dara mucho dinero ya que la prescripcion solo funciona por los creditos devengados y aun no cobrados, quedando fuera el rubro antiguedad y los demas que no tengan dicha naturaleza.
La verdad es que no entiendo bien lo que ha querido poner, por que si quiso poner que la prescripción no opera para el 245 creo que esta totalmente equivocado el concepto. Pero no creo que haya querido poner eso