Hola,
Me ha llegado un caso que me plantea algunas dudas.
Se trata de unas veinte personas cuyo empleador es dueño de una empresa de viviendas prefabricadas.
Mis clientes mayormente estan encargados de construirlas (salvo unos pocos que son choferes).
Por ello creo que estarían encuadrados en el Convenio de Obreros de la Construcción.
La cuestión es que ellos cobran $5000 por mes en blanco y un pequeño remanente en negro.
Es decir, no tienen Libreta de Aportes ni estan inscriptos en el Registro Nacional de la Industria de la Construcción.
Ellos quieren seguir trabajando, pero quieren cobrar más. Me dicen que empleados de la misma empresa que construyen casas de material están cobrando más que el doble (lo cual considero una referencia importante, más allá de que no quede amparado como "igual tarea, igual remuneración")
Una cosa más: viajan a todo el país constantemente para construir viviendas. Entiendo que al estar bajo la disponibilidad del empleador durante esas horas deben ser abonadas conforme la LCT.
Desde ya, agradezco aportes de aquellos con más experiencia
Saludos!
Me ha llegado un caso que me plantea algunas dudas.
Se trata de unas veinte personas cuyo empleador es dueño de una empresa de viviendas prefabricadas.
Mis clientes mayormente estan encargados de construirlas (salvo unos pocos que son choferes).
Por ello creo que estarían encuadrados en el Convenio de Obreros de la Construcción.
La cuestión es que ellos cobran $5000 por mes en blanco y un pequeño remanente en negro.
Es decir, no tienen Libreta de Aportes ni estan inscriptos en el Registro Nacional de la Industria de la Construcción.
Ellos quieren seguir trabajando, pero quieren cobrar más. Me dicen que empleados de la misma empresa que construyen casas de material están cobrando más que el doble (lo cual considero una referencia importante, más allá de que no quede amparado como "igual tarea, igual remuneración")
Una cosa más: viajan a todo el país constantemente para construir viviendas. Entiendo que al estar bajo la disponibilidad del empleador durante esas horas deben ser abonadas conforme la LCT.
Desde ya, agradezco aportes de aquellos con más experiencia
Saludos!
