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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #886675  por DrGHM
 
Buenas noches amigos, queria consultarle sobre un tema que la verdad es nuevo para mí, me consultaron sobre un accidente laboral de una persona que esta siendo atendida por la ART y ya le mandaron un carta para que el mes que viene cobre una suma por su incapacidad temporaria. La verdad que es la primera vez que me consulta sobre estos temas. mi duda esta en:
. se puede hacer algo si ya te mandaron el monto que vas a cobrar por esa incapacidad?
. esta persona ya no trabja mas en la empresa donde tuvo el accidente?

alguien me podria orientar.
Muchas gracias como siempre

drghm
 #886877  por gl2011
 
En ppio depende de lo que quiera tu cliente, análisis del caso para la procedencia, ya que no das mucha info.
Pero podrias ver con un medico legista si el porcentaje es el correcto o corresponderia uno mayor. Entonces que firme en disconformidad. Podes recurrir ante la comision medica.Es decir via administrativa. Lo que resuelva ésta es apelable tb. Desp solo te queda juicio.
Si estas en capital, humilde opinion, preferiria directamente el seclo. Quizas porque la via administrativa no me va mucho, pero es bueno que sepas que no solo tenes la judicial.
La otra posibilidad, de corresponder, es la reparacion integral. Es decir ir contra empleador y art. Allí podras reclamar rubros extrasistemicos de la ley 24557, es decir daño moral..etc,etc.
Espero al menos haberte orientado, slds!
 #888405  por Caterina812
 
Coincido con el colega anterior, pero falta algunos datos, tiene el alta medica? porque es temporaria creo hasta tanto le den el alta medica o al año , si no lo habrán llamado para integrar salarios caídos? por lo gral si indemnizan por incapacidad tiene que haber ido a junta medica para su evaluación.
 #888406  por Caterina812
 
Sigo, fijate que vos decís que esta siendo atendido entonces o pasó un año o le dieron el alta, la incapacidad (grado lo sabes , tenes dictamen?