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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #884342  por SABRIN
 
LES CONSULTO QUE PASA SI AL DARSE POR DESPEDIDO INVOCAN ARTS. LCT Y CUANDO REDACTAN LA DEMANDA MANIFIESTAN QUE SE INCURRIO EN UN ERROR Y EL RECLAMO ES POR LEY DE DOMESTICOS, TENGO ALGUNA DEFENSA O ARGUMENTACION PARA INVOCAR GRACIAS?
 #884347  por Armando1234
 
Hola,
Te anticipo que no tengo mucha experiencia en la profesion, pero yo en los casos de serv domestico pido la inconstitucionalidad del dec 326 e invoco la lct y, si van, las multas por trabajo en negro, etc. En subsidio pido indemnización por el decreto.
Eso hago yo, pero espera otras opiniones por las dudas
Saludos!
 #884354  por gusgus
 
Lindo tema o situacion, que seguramente dará pie a amplio debate, tanto aquí como en el juicio…

Ello asi, en tanto por un lado tenemos que la LCT impone el principio de invariabilidad de la causa, el cual conforme con lo dispuesto por el art. 243 LCT establece que la denuncia del contrato de trabajo efectuada por el trabajador, basado en justa causa, conlleva la carga formal de, a más de la comunicación por escrito, la expresión en forma suficientemente clara de los motivos en que funda la ruptura. Sabido es que tales requisitos no son solamente ad probationem, sino ad solemnitatem (conf. López, Centeno y Fernández Madrid, Ley de Contrato de Trabajo Comentada, Bs. As., Contabilidad Moderna, 1987, t. II, pág. 1.225; en el mismo sentido se expide Etala, Carlos Alberto, Contrato de Trabajo, Bs. As., Astrea, 1999, 2a. edición actualizada y ampliada, pág. 568); adquiriendo la causal invocada y comunicada el carácter de vinculante, lo que imporectorta su invariabilidad o modificación unilateral en el juicio posterior (conf. art. 243, última parte L.C.T.; Etala, op. y pág. cit.; salvo algún autor y algún fallo aislado, tanto la doctrina como la jurisprudencia son conteste al respecto).
Por otro lado, temenemos que ahora se invoca la aplicación de otro régimen legal, con lo cual habría la posibilidad de la aplicación del principio iuria novit curia, y por ello se pueda encauzar la causal de despido…

Mi humilde opinión, es que si se considero despedida por incumplmiento de obligaciones establecidas por la LCT que no resultan aplicables al servicio domestico, la acción no pude prosperar…

Ahora, si son incumplimientos que también en servicio domestico pueden dar lugar al despido indirecto, podrían encauzar la acción con cierta posibilidad de exito
 #884457  por andresxeneizes
 
yo creo que el numero de la ley no es elemental, si lo es la descripcion de la causa que no se puede variar, entiendo ello en virtud del principio de primacia de la realidad que se aplica al fuero laboral
 #884495  por flux
 
Si es servicio domestico por el decreto 326/56 el articulo 7 dice que por incumplimiento del contrato (no aclara de que tipo asi que entra casi cualquier cosa en esa expresion, desde registracion deficiente hasta falta de pago de rubros devengados pasando por negativa de tareas) se puede cualquier parte considerar injuriada

Asi que seria muy poco probable que hablemos de una causa de despido indirecto que solo este en la LCT pero no en el decreto y que no pueda encuadrar a la vez en ese articulo del decreto. Ademas un error de derecho como ese es salvable porque el juez conoce el derecho y en laboral el encuadre legal formal expresado en general no tiene prioridad sobre la realidad de los hechos

No creo que ese error te sirva mucho como defensa en principio
 #884569  por GU
 
SABRIN escribió:LES CONSULTO QUE PASA SI AL DARSE POR DESPEDIDO INVOCAN ARTS. LCT Y CUANDO REDACTAN LA DEMANDA MANIFIESTAN QUE SE INCURRIO EN UN ERROR Y EL RECLAMO ES POR LEY DE DOMESTICOS, TENGO ALGUNA DEFENSA O ARGUMENTACION PARA INVOCAR GRACIAS?
Porque se considero despedida?

SAlutes!
 #884727  por SABRIN
 
por incumplomientos del decreto serv. dom y desconocimiento relacion laboral
 #884858  por flux
 
SABRIN escribió:por incumplomientos del decreto serv. dom y desconocimiento relacion laboral
Eso encuadra en el articulo 7 del decreto como incumplimiento del contrato desde que cuando desconoces la relacion laboral es seguro que no te van a dar la libreta de empleo domestico del MTPBA ni van a cumplir con la presentacion del formulario 102-B de la AFIP. Por mas que hayan puesto a la LCT al principio igual el hecho en si es injuria tambien para el decreto.
 #885554  por GU
 
Tal cual, a eso apuntaba mi pregunta.

Salutes!