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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #880596  por dramyriam
 
Buenas tardes foristas, queria consultarles lo siguiente: me viene a ver un sr. el cual debe ser operado del tunel carpeano, realiza actividad de chofer y ademas carga y descarga bultos en la empresa en que prest sus servicios, el tema es el siguiente, hasta ahora todo el tratamiento y la proxima opercion de este tema esta haciendola a traves de su obra social, aviso a la empresa para que lo deriven a la art que le correspinde pero nada, le dicen que tiene que seguir con la obra social. mi pregunta es: esto es asi o debe pedir medico a domicilio para que constate su dolencia y luego lo deriven a la art? porque hace un mes tuve un caso similar y esta persona se atendio y opero por art y la indemnizo la art.
Me dicen por favor como encarar esto para derivarlo a la art
 #880612  por eltam88
 
dramyriam escribió:Buenas tardes foristas, queria consultarles lo siguiente: me viene a ver un sr. el cual debe ser operado del tunel carpeano, realiza actividad de chofer y ademas carga y descarga bultos en la empresa en que prest sus servicios, el tema es el siguiente, hasta ahora todo el tratamiento y la proxima opercion de este tema esta haciendola a traves de su obra social, aviso a la empresa para que lo deriven a la art que le correspinde pero nada, le dicen que tiene que seguir con la obra social. mi pregunta es: esto es asi o debe pedir medico a domicilio para que constate su dolencia y luego lo deriven a la art? porque hace un mes tuve un caso similar y esta persona se atendio y opero por art y la indemnizo la art.
Me dicen por favor como encarar esto para derivarlo a la art
Si es atribuible a las tareas que presta (te lo dirá un médico legista) hace que intervenga ART. Cuando tengas porcentaje de incapacidad metes demanda reclamando conf. a la noramtiva común si queres responsabilizar a la ART y empleador.
Podés demandar solo a ART conf. art.1074 CCiv, pero ella traerá al empleador.
Tmb, podes hacer que perciba lo que le da la ART y después cuestionar el porcentaje de incapacidad ante la justicia ordinaria.