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  • LIQUIDACION DE SENTENCIA FIRME

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #874195  por melu099
 
Buenos dias colegas.
Les consulto lo siguiente:
Tengo un laboral que luego de una año de estar en la Sala 5, volvio con la revocacion de la sentencia. ( En primera instancia al actor, mi cliente, le habian rechazado la demanda, pero por suerte en Camara conseguimos dar vuelta todo.)
El expediente colvio al Juzgado y despues de 20 dias, al ver que no practicaban liquidacion, prregunte y me informaron que estaban con demoras de meses, pero que si queria la paracticara yo.
La consulta es la siguiente:
Los intereses los computo hasta la resolucion de Camara o solo hasta la sentencia de primera instancia?
Es una pregunta tonta para años de ejercicio, pero siempre hay una primera vez para darse cuenta de que algo no sabia! jajaja!
Gracias a todos y espero su respuesta.
Saludos
Melina
 #874235  por ods
 
Se calculan intereses hasta la fecha que vas a dejar el escrito en el juzgado