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 #867048  por estudioj
 
Hola!! alguien podria enviarme un modelo de transferencia de fondo de comercio. Tengo que realizar uno en la semana y no se como se conforma. Les agradeceria mucho su ayuda!!!!! Saludos
 #867064  por Daniel2012
 
Hola estudioj! La transferencia es porque el empleador no quiere seguir y como parte de pago de la indemnización por despido? Consulto porque hoy en día muchos dueños de fabrica suelen utilizar esa metodología. Saludos
 #867101  por sanjuanino
 
Daniel2012 escribió:Hola estudioj! La transferencia es porque el empleador no quiere seguir y como parte de pago de la indemnización por despido? Consulto porque hoy en día muchos dueños de fabrica suelen utilizar esa metodología. Saludos
Esa es la gran pregunta
 #867384  por estudioj
 
en verdad es porque el ngocio esta a nombre de una persona que no lo administra (el padre lo habia puesto a nombre de el y luego fallecio). El negocio lo lleva adelante la mujer del padre pero nunca pago el monotributo e ingresos brutos del hijo lo cual habia sido acordado, como ais tampoco los aportes de los e empleados) El tema es que la deuda que el hijo posee es grande y la va a saldar en cuotas. Pero no obstante ello quiere hacer una trasnferencia del fondo de comercio, donde dejar establecido que se hara cargo de saldar los aporte sy contribuciones hasta la fecha, haciendose cargo la mujer del padre d la antiguedad de los empleados y de la continuacion del trabajo que es su fuente de ingresos.
Pregunto lo del escribano porque esta en tramite la sucesion del padre de mi cliente (por el tema de la publicacion de edictos) y no quisiera si se puede evitar que haya algo que lo trabe. La mujer va a continuar con el negocio pero a nombre de ella no a nombre de mi cliente. De hecho el ya esta pagando la moratoria de monotributo- ingresos b y afip. ,Gracias!!!!!!
 #867475  por sanjuanino
 
Ahora entendí.
yo no tengo ningún modelo a mano de esos. Se hace exactamente igual que cualquier contrato de compraventa , con la particularidad que es un fondo de comercio y puede venderse con elementos o sin ellos, con la propiedad en donde está enclavado o no, etc...
Deben las firmas del contrato ser certificadas por escribano público, y para su validez de fecha cierta debe ser aforado.
Luego, la transferencia se inscribe en el registro público de comercio.
A los efectos laborales (responsabilidad del nuevo patron con sus empleados) aunque el antiguo dueño asuma las deudas que tiene, el nuevo dueño siempre será responsable solidario de esos pagos.
Suerte
 #876820  por pablo1234567890
 
hola el inquilino quiere vender el fondo de comercio , y el contrato de lcoacion dice que no se puede vender ni ceder su uso , el tema es el propietario no quiere que se venda el fondo de comercio , pero en el caso de que se venda el locador puede fijar el alquiler que quiera o sea se hace nuevo contrato , al inquilino nuevo y le puede aumentar un 40% el alquiler. esta el propietario en su derecho de poner el precio que quiere y las garantias que le satisfaga estoy en lo correcto ? gracias