Buenas Noches colegas. Tengo el caso de un accidente de trabajo que la ART en principio no reconocio y posteriormente con apelacion de ante la super se reconcio el caracter de accidente.-
Ahora bien, intime a la ART a pagar las prestaciones dinerarias (mi cliente ya esta en rehabilitacion, el siniestro fue reconocido por la ART atento a que la SUper obligo a ello). Pero la CD fue recibida y no contestaron nada... Mi cliente nunca cobro las prestaciones dinerarias que la ley prescribe.... Deberia hacer una presentacion en la Super o directamente inicio SECLO?? que conviene mas, a su juicio??
Ahora bien, intime a la ART a pagar las prestaciones dinerarias (mi cliente ya esta en rehabilitacion, el siniestro fue reconocido por la ART atento a que la SUper obligo a ello). Pero la CD fue recibida y no contestaron nada... Mi cliente nunca cobro las prestaciones dinerarias que la ley prescribe.... Deberia hacer una presentacion en la Super o directamente inicio SECLO?? que conviene mas, a su juicio??
"Todos somos ignorantes. Pero no todos ignoramos lo mismo" (Albert Einstein)
