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  • ACCIDENTE DE TRABAJO DENUNCIADO 2 AÑOS DESPUÉS

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #859291  por DOCVIVI
 
Estimados Colegas:
Me llegó un nuevo caso en Provincia de Bs As, mi cliente se accidentó en el trabajo, una caída le provocó una lesión en la rodilla a fines de 2010. Ella siguió trabajando, es promotora de preventas o sea que su trabajo lo realiza en la calle.
Su salud empeoró con el tiempo y a raíz del propio trabajo y se hace atender por la OS bajo consejo de su empleador.
Ella desconocía el sistema de ART.
El médico de la OS la prepara para cirujía, solicita médico a partir de noviembre de 2011 y la intervención se concreta en febrero de 2012. En abril de 2012 hace la denuncia del accidente ante ART, que la misma rechaza por extemporánea, la recurre en la SRT y ésta intima a la ART a efectuar las prestaciones que correspondan.
Le brindan tratamiento postoperatorio y le dan el alta para el 14/6/12.
Pero de regreso a su casa de la ART un día antes de producirse el alta, el día 13/6/12, se cae del colectivo.
Ingresa por la guardia de la clínica para que le hagan un reingreso a ART.
Asi se presenta en ART con la nueva lesión y se la rechazan a raíz de que estaba determinada el alta.
Ella hace el reclamo en la SRT y la atenderán en agosto por la Comisión Médica.

Mientras tanto, el empleador que, la blanqueó en 2009 cuando trabajaba desde 2006 y le abona en blanco sólo media jornada, al tener un hijo, le reserva el puesto hasta mayo de este año, contando desde noviembre las ausencias como enfermedad inculpable.
Por tanto, en mayo ella no percibe salario alguno, por parte del empleador por este motivo, y por parte de la ART tampoco porque dicen que su reclamo fue extemporáneo y ahora tiene el alta.

La mayor duda que se me presenta es cómo contar los plazos para la prestación dineraria y en especie, porque aunque la ART niegue, la SRT la intimó a cumplir y quedó así determinada la existencia del Accidente de Trabajo, con lo que el empleador no debería haber tomado su ausencia como enfermedad inculpable, además de tener una fecha de ingreso adulterada.
Qué les parece acertado para encarar primero? Desde ya muchas gracias por la atención.