Hola, tengo una duda, porque si al cliente le hago hacer un poder en la Camara de Apelaciones del Trabajo, hay conciliadores que me dicen que no sirve dicho poder, para representarlo en la audiencia del Seclo. Si puedo representarlo en un juicio, como no voy a pder representarlo en la audiecnia del Seclo, alguien me puede explicar o decirme en que articulo esta, ya que no lo encuentro, muchas gracias
http://www.trabajo.gov.ar/seclo/formularios.asp
En ese link figura el formulario de poder ante el SECLO.
Pero yo he ido a audiencias de conciliación con el poder de la CNAT y lo aceptaron. Creo que habilita para actuar ante autoridades administrativas (fijate qué dice no lo tengo presente).
Saludos!!
