Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • demandado contesta fuera de termino

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #852457  por gigi
 
Hola a todos:
La situacion es la siguiente. Me vino a a ver un cliente con una demanda notificada el 5 de marzo. El plazo para contestarla en termino ya vencio. Fui a ver el expediente y estaba a despacho y todavia no dictaron la rebeldia.
A este codemandado lo demandaron por una relacion laboral en negro pero resulta que no era empleador sino empleado con recibos que acreditan su fecha de ingreso, y un telegrama de renuncia a ese empleo por haber encontrado otro mejor, por lo cual la extension de la solidaridad que hizo el actor no es procedente
Yo pensaba contestarla a pesar de estar fuera de termino pero no se como el procedimiento . Tengo que igualmente ofrecer pruebas. Como actuo? Gracias.
 #852899  por PALITO3669
 
Hola!, yo la contestaría igual y esperar a ver si la actora no plantea la extemporaneidad de la contestación.
Me ha pasado (por uno o dos días) y prosperó.
Suerte
 #852918  por pepecurdele
 
En pcia y capital ya no podrias ofrecer prueba. En capital si era el unico demandado puede que ya lo hayan pasado a sentencia salvo que el juzgado considere que hay cuestiones que requieran probarse, en Pcia casi seguro 99 % que lo abren a pruebas y en todo caso tal vez tengas la oportunidad de supervisar la testimonial y repreguntar en la audiencia de vista de causa. En capital idem si es que lo abren a pruebas. Que mal que lo veo a tu cliente!
 #852927  por eltam88
 
Presentandote podes hacer el seguimiento del expediente. Es importante presentarse para ir a la confesional.(te hablo de Prov de Bs.AS)
 #852945  por MORGAN
 
quien recibió la cédula? no tenés manera de nulificar la notificación?.sino como dijeron varios. que se presente para evitar la rebeldía que igual no sirve de mucho. que les pase la pelota a los otros accionados. incontestada es juicio perdido, salvo que el actor cometa errores demenciales.
 #853987  por gigi
 
Entiendo lo que me dicen todos. Ahora lo que yo me pregunto es si a pesar de ser verdad el hecho de que NO ERA EMPLEADOR sino empleado, aun asi puede haber una sentencia condenatoria.
No hay forma de que mis elementos de prueba como los recibos de sueldos, y la renuncia hecha por mi cliente puedan hacerse valer en algun momento procesal.?
 #854092  por eltam88
 
gigi escribió:Entiendo lo que me dicen todos. Ahora lo que yo me pregunto es si a pesar de ser verdad el hecho de que NO ERA EMPLEADOR sino empleado, aun asi puede haber una sentencia condenatoria.
No hay forma de que mis elementos de prueba como los recibos de sueldos, y la renuncia hecha por mi cliente puedan hacerse valer en algun momento procesal.?
Si transcurrió el plazo ya esta, como decía gilda"fuiste". Parece "injusto" pero te recuerdo que leas los principios del derecho procesal, entre ellos tenés el de la preclusión.
 #854137  por cuervita
 
eltam88 escribió:
Si transcurrió el plazo ya esta, como decía gilda"fuiste". Parece "injusto" pero te recuerdo que leas los principios del derecho procesal, entre ellos tenés el de la preclusión.
uuyyy yo buscaba a la forista Gilda mas arriba ...y nunca apareció! :lol: que bolu!
 #854146  por sanjuanino
 
MORGAN escribió:quien recibió la cédula? no tenés manera de nulificar la notificación?.sino como dijeron varios. que se presente para evitar la rebeldía que igual no sirve de mucho. que les pase la pelota a los otros accionados. incontestada es juicio perdido, salvo que el actor cometa errores demenciales.
Convengo con morgan. En el código procesal de mi provincia puede presentarse el demandado en cualquier momento, y su participación se toma de ahí en adelante. Purga la rebeldía y tiene una pequeña multa en costas
Pero es preciso que se presente