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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #847623  por mona1975
 
Estimados Colegas:
Espero que se encuetren bien! La consulta a ver si me pueden ayudar es la siguiente:
Tengo que realizar un acuerdo expontaneo ante el SECLO por la parte empleadora,( jamás hice uno)
Puedo homologar una relación de trabajo en negro?
La empresa esta en provincia, tengo que dejar constancia en el acuerdo de partes que se efectuaban pretaciones en capital?
Atento a que voy asistir yo sola representando a la parte actora, en la firma de acuerdo entre partes ya me presento en ese carácter y sin representación para la parte empleadora, ya que ´sí ocurrirá al ratificarlo?
Es un acuerdo parte en efectivo y otra parte en cheques, el efectivo se le entrega una vez homologado el acuerdo lo mismo que los cheques de pago diferido?
Saben para que plazo estan dando los turnos?
Muchas gracias, siempre son de gran ayuda
besos
 #847646  por pepecurdele
 
si te presentas por la trabajadora y en realidad sos letrado de la empledora, podrias tener algun problemilla en el futuro si las cosas se ponen espesas, no vas a ser el primer letrado que se come una causa en el colegio por ahorrarle unos mangos al cliente y ademas podrian declararte nulo el acuerdo.
 #849162  por rominaf
 
Tengo el mismo caso,la verdad es que me preocupa un poco, pero hay una relación de familia en el medio, espero que en el seclo no tener problemas. La pregunta ante todo es si el personal del Seclo hace muchas preguntas al momento de la firma del acuerdo, nosotros pagaríamos en efectivo el primer pago de las cuotas acordadas y luego le daremos cheques.
Perdon que les pregunte por cosas tan practicas pero la verdad es que no hacia un acuerdo laboral desde hace mas de 5 años. Gracias a todos
 #849274  por pepecurdele
 
en principio nadie se va a enterar directamente que el profesional que patrocina al trabajador en realidad es el abogado de la patronal, pero que pasa si al trabajador se le acurre reclamar luego porque no estuvo bien asesorado o asesorado por el abogado de la contraria, en ese caso tranquilamente podrian declarar la nulidad del convenio y reclamarle todo a tu cliente y ademas el letrado que participo se come una sancion en el colegio por en el mejor de los casos patrocinar a intereses opuestos. Es muy facil saber a quien patrocino un abogado, pedis en la Camara todos los juicios que tiene tal empresa o persona y verificas quien lo patrocina o representa.
 #849374  por Ambar28
 
Yo tengo un caso a la inversa. Quiero solicitar la nulidad de un acuerdo espontaneo porque lo cerraron por art 241 y la realidad de los hechos es que fue por art 245 la disolucion del contrato laboral.Pregunta. Pido un SECLO? o preseto primero la nulidad, porque segun me dijeron si, se puede pedir una obligatoria despues de una expontanea
 #849386  por pepecurdele
 
Me parace que lo mas rapido seria iniciar una accion por cobro de indemnizacion por despido por el 245 LCT y plantear en la misma la nulidad del convenio firmado en los terminos del 241 LCT. Es decir hago todo junto.
 #849633  por gusgus
 
reafirmo mi posicion expuesta en otros post....

cuando se va por la empleadora, como condicion de acuerdo, es hacer homologacion judicial del mismo....

son unos mangos mas pero el empleador cierra el tema