Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • EJECUTIVO Y ORDINARIO POSTERIOR

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #833178  por FabricioVersalli
 
Hola foristas, estuve leyendo la infinidad de post sobre el tema del juicio ordinario posterior al ejecutivo y no pude encontrar lo siguiente:
1.- Iniciado el ordinario posterior por el ejecutado, quien debe probar la causa que dio origen a la ejecución del pagaré, lo debe hacer el ejecutado o solo debe limitarse a solicitar al ejecutante que pruebe la causa y listo?
2.- Lo inicio en el mismo Juzgado donde tramitó el ejecutivo?
3.- Sabemos que las financieras hacen cualquier cosa con los clientes, firmas en blanco, intereses exorbitanrtes, embargos a empleados publicos con el solo hecho de escribir en el pagaré "por igual valor recibido en bienes", etc; además los escrachan informado la deuda al BCRA, Veraz, Etc.. En ese caso que deberia hacer en el juicio de conocimento? Pedir pericial contable para determinar que la causa del embargo fue un prestamo de dinero y por ende no correspondia el embargo de sueldos a empleados publicos? Pedir informe a la AFIP para ver si esas operaciones estan declaradas y se pagaron los impuestos correspondientes (cosa poco probable). Pedir informe al BCRA para que informe el monto de la deuda que fulano tiene con tal o cual firma comercial y así probar que se lo demanda por mucha mas plata que lo que realmente debia el ejecutado? Pedir que la financiera PEPITO informe que "bienes" entregó al Sr. Josesito y este en garantía de esos bienes suscribió un pagaré en favor de la financiera PEPITO? Así podria seguir enumenrando cantidad de irregularidades cometidas por las financieras.
4.- Que pido en el juicio ordinario posterior? que la finaciera PEPITO pruebe la causa del pagaré y que me reintegren el dinero embargado incorrectamente mas daño moral, etc. ? o yo debo probar la causa y pedir esto último.
Resumiendo, estoy acertado con mis planteos o es un delirio lo que digo?
Desde ya Gracias.
 #833744  por Bogart
 
Hola: tenes que atacar la causa de la obligación, ya que la misma no se pudo cuestionar en el ejecutivo.Por ejemplo invocar la lesión subjetiva del 954 CC.Si se se trata de un empleado publico, fijate que hay un viejo decreto ley del año 1943, sobre la obligación de autorización del organismo donde trabaja en su momento para el crédito (no debía superar dos meses de sueldo), creo que nunca fue derogado, repasalo tiene un articulo sobre el motivo de la obligación.Como es un ordinario podes pedir cual,quier diligencia y medio de prueba que resulte conducente, como vos bien pones.-Suerte.-
 #833779  por gusgus
 
sinceramente entiendo, por lo que describis, que el ordinario posterior tambien lo tenes perdido...

cuando vas al ordinario es porque argumentas que lacausa de la deuda no existe, que fue cancelada o fue inexistente, etc...

ahora, intentar un ordinario posterior para cuestionar que se ha cobrado la deuda mediante un embargo de haberes que sería improcedente... no resulta admisible.....


es mas, se debe haber negado la deuda en el ejecutivo...

sin perjuicio de lo dicho contesto las inquietudes:
1) prueba: rige el principio de que la parte actora debera probar los hechos constitutivos de su accion y la demandada los impeditivos, ergo, la causa la debe probar el actor
2) se pide radicacion en el mismo juzgado
3) toda la prueba que mencionas no ataca la existencia de la deuda, con lo cual es claramente impertinente e onconducente a los fines de la accion entablada
4) me remito a la 1)

a tu resumen: tu cliente va a terminar pagando, ademas de la deuda del ejecutivo, las costas del ordinario

es mi humilde parecer, claro esta que nadie tiene la verdad absoluta y quien te dice nos demuestre lo contrario....

exitos!
 #833780  por gusgus
 
sinceramente entiendo, por lo que describis, que el ordinario posterior tambien lo tenes perdido...

cuando vas al ordinario es porque argumentas que lacausa de la deuda no existe, que fue cancelada o fue inexistente, etc...

ahora, intentar un ordinario posterior para cuestionar que se ha cobrado la deuda mediante un embargo de haberes que sería improcedente... no resulta admisible.....


es mas, se debe haber negado la deuda en el ejecutivo...

sin perjuicio de lo dicho contesto las inquietudes:
1) prueba: rige el principio de que la parte actora debera probar los hechos constitutivos de su accion y la demandada los impeditivos, ergo, la causa la debe probar el actor
2) se pide radicacion en el mismo juzgado
3) toda la prueba que mencionas no ataca la existencia de la deuda, con lo cual es claramente impertinente e onconducente a los fines de la accion entablada
4) me remito a la 1)

a tu resumen: tu cliente va a terminar pagando, ademas de la deuda del ejecutivo, las costas del ordinario

es mi humilde parecer, claro esta que nadie tiene la verdad absoluta y quien te dice nos demuestre lo contrario....

exitos!
 #834277  por FabricioVersalli
 
En primer lugar gracias `por las respuestas.
Gusgus veo que lo tenes bastante claro al tema asi que aprovecho para preguntar un poco más.
Ejemplo: una finaciera que ademas de prestar plata como todas brinda servicios de tarjeta de credito, ejecuta a todos los clientes por igual con PAGARES, en ese caso se podria demostrar con resumenes, el plastico de la tarjeta, recibos de pago, etc. que la relación comercial que unia al ejecutado con la financiera era la tarjeta de credito y en todo caso debieron ejecutarle el resumen de la misma y no un pagaré, que además lo llenan con el monto y la fecha que ellos quieren. Ves por este lado la posibilidad de probar la causa de la obligación? Por eso enuncié todas la posibles pruebas de informes ( BCRA, AFIP, PERICIAL CONTABLE, etc.) a aportar. Por que el ejecutado puede demostrar la relación comercial con la finaciera que lo ejecutó, pero ésta no tiene como demostrar lo contrario, todos esos indicios llevarian a la conclusión de que la financiera PEPITO ejecutó a un cliente por un PAGARE y no por eel retraso en el pago de los resumenes. Con respecto a los empleados públicos lo que intentaria probar es que la financiera PEPITO no le otorgó ningún bien al Sr. Fulano y en realidad el embargo fue por un prestamo de dinero o por el resumen de la tarjeta, probado esto pediria la devolución de lo embargado teniendo en cuenta el Decreto del año 1943. Te lo pongo como ejemplo porque aún no tengo un caso concreto sino que estoy estudiando el tema y conozco como se manejan las financieras por estos lares.
Lo que si me dejó preocupado fue que: Si no se negó la deuda en ejecutivo no se podría iniciar el ordinario posterior? Porque aca en Entre Ríos el Cod de Procedimientos no dice art 539 dice Juicio Ordinario Posterior.- Cualquiera fuere la sentencia que recaiga en el juicio ejecutivo, el ejecutante o el ejecutado podrán promover el ordinario, una vez cumplidas las condenas impuestas.
Toda defensa o excepción que por la ley no fuese admisible en el juicio ejecutivo podrá hacerse valer en el ordinario.
No corresponderá el nuevo proceso para el ejecutado que no opuso excepciones, respecto de las que legalmente pudo deducir, ni para el ejecutante, en cuanto a las que se hubiese allanado.
Tampoco se podrán discutir nuevamente las cuestiones de hecho debatidas y resueltas en el juicio ejecutivo, cuya defensa o prueba no tuviese limitaciones establecidas por la ley, ni las interpretaciones legales formuladas en la sentencia, ni la validez o nulidad del procedimiento de la ejecución.
La falta de cumplimiento de las condenas impuestas podrá ser opuesta como excepción de previo y especial pronunciamiento.-
pero nada dice con que se debió haber negado la deuda. Te plantearon eso alguna vez?
 #848031  por citrus
 
HOLA...A VER SI ME AYUDANNNN JUICIO EJECUTIVO ME PRESENTAN PAGARE Y OPONGO PRESCRIPCION. ME CONTESTAN QUE OBEDECE A GARANTIA DE MTUO Y PRESCRIBE A LOS 10 AÑOS..NO ESTA EL PLANTEO MAL HECHO? NO ES HECHO NUEVO? EXTEMPORANEO?? AYUDA PORFI!!!
 #848253  por Bogart
 
Hola,lo plantean como un accesorio del principal que es el mutuo, y lo accesorio sigue la suerte del principal.-estimo que en la cartular debe constar el mutuo.Saludos
 #848568  por citrus
 
ESTIMADO. LEYENDO CON DETENIMIENTO LA DOCUMENTAL QUE LA ACTORA ACOMPAÑO EN FOTOCOPIA SIMPLE NO SE TRATA DE UNA GARANTIA DE CONTRATO DE MUTUO DINERARIO SINO REFIERE A SOLICITUD DE REFINANCIACION DE DEUDA POR TARJETA DE CREDITO..QUE ES BIEN DISTINTO A LO QUE PLANTEO...
 #848972  por Bogart
 
Entonces habrá que fundamentar en la prescripción del pagare, ademas de hacer hincapié en la autonomía y abstracción; bueno de eso estoy seguro que sabe y lograra buen resultado.Suerte.-
 #849110  por inviguiatti
 
Fabricio: Me parece que vos mismo estas dando el argumento que justifica la causa de tu contraparte, tu cliente debia por la tarjeta y le ejecutan un pagare. Si estan ejecutando lo que debia entiendo que no interesa con que instrumento lo hagan, estan reclamando lo que deben con la mejor arma que tienen.
saludos y exitos
 #932517  por mpcarlo000
 
hola, disculpas por las molestias pero tengo un caso un poco complejo.
Un juicio ejecutivo de un banco contra mi cliente, donde ya le están embargando la casa y mi cliente encontró los recibos donde le pagó al banco CASI la totalidad de la deuda reclamada, los pagos fueron EXTRAJUDICIALES Y con posterioridad a la notificación de la demanda, es decir después de recibido el mandamiento de intimación de pago y embargo se presentó en el banco y comenzó a pagar en cuotas, jamás se presentaron esos recibos en el expediente así que el juicio siguió y sentenciaron en su contra y ordenaron el embargo de su casa, ahora que le estan embargando aparecen los recibos, ¿que se puede hacer?? ¿que se les ocurre??, desde ya muchas gracias por las sugerencias, es un pariente y está desesperado.
 #932536  por flux
 
1.- Iniciado el ordinario posterior por el ejecutado, quien debe probar la causa que dio origen a la ejecución del pagaré, lo debe hacer el ejecutado o solo debe limitarse a solicitar al ejecutante que pruebe la causa y listo?
Entiendo que ambos deben proponer prueba. Te podrias quedar comodo en decir que hay inexistencia de causa y pretender que el acreedor pruebe la causa pero parti de la base de que no es un juicio donde el otro reclama por la existencia de una deuda sino de uno donde la deuda en principio se presume existente por el pagare y vos sos el que alega su inexistencia

Y si bien no se puede proponer prueba del hecho negativo de tu parte, quedarte en la postura de negar la existencia de la causa habilita al acreedor a manifestar la existencia de alguna deuda personal de palabra que tenian y te inventa un par de testigos, etc y se ampara en decir que "si no fuera existente la referida deuda entonces porque se firmo el titulo ejecutivo?" amparandose en la presuncion a favor de la causa de la misma que ya existe por la sola existencia del pagare

Eso como para probar una obligacion no alcanza claro, pero el problema es que aca no se trata de un reclamo para probar la existencia de la deuda, sino de un juicio donde ya la deuda se pago por motivo de un documento ejecutivo y vos queres dar vuelta ese resultado.
3.- Sabemos que las financieras hacen cualquier cosa con los clientes, firmas en blanco, intereses exorbitanrtes, embargos a empleados publicos con el solo hecho de escribir en el pagaré "por igual valor recibido en bienes", etc; además los escrachan informado la deuda al BCRA, Veraz, Etc.. En ese caso que deberia hacer en el juicio de conocimento? Pedir pericial contable para determinar que la causa del embargo fue un prestamo de dinero y por ende no correspondia el embargo de sueldos a empleados publicos?
Primero determina cual es el hecho que acusas a la financiera, abuso de firma en blanco o lo que sea y ahi preparas la defensa sobre eso.

En el caso que decis, si no correspondia embargar el sueldo de un empleado publico, eso lo tendrias que haber opuesto en el ejecutivo mismo
 #1035859  por zbestudio
 
Estimados Colegas, aprovecho este post para plantear el caso y preguntarles:
Tengo un cliente que firmó en 2008 un pagaré, no lo pagó. La financiera inició juicio ejecutivo y empezó a embargarle el sueldo. Todos los años le embargan parte de su sueldo.
La Financiera, al dia de hoy, presenta, cada año presentaba nueva liquidación y calcula los intereses del Capital inicial a HOY y le resta el monto de los embargos. Es decir que no va descontando los embargos de aquel capital y calculando sobre ese nuevo monto. Error de cálculo financiero básico.
Al dia de hoy, le descontaron a mi cliente $10.000 de exceso. Mi cliente recien ahora, se le ocurrió consultar con abogado y terminar con este asunto.
PRegunto: PResento mi liquidacion, y digo que devuelvan lo pagado en exceso? o inicio un ordinario por daños y perjuicios por enriquecimiento sin causa?
 #1039633  por gusgus
 
zbestudio escribió:Estimados Colegas, aprovecho este post para plantear el caso y preguntarles:
Tengo un cliente que firmó en 2008 un pagaré, no lo pagó. La financiera inició juicio ejecutivo y empezó a embargarle el sueldo. Todos los años le embargan parte de su sueldo.
La Financiera, al dia de hoy, presenta, cada año presentaba nueva liquidación y calcula los intereses del Capital inicial a HOY y le resta el monto de los embargos. Es decir que no va descontando los embargos de aquel capital y calculando sobre ese nuevo monto. Error de cálculo financiero básico.
Al dia de hoy, le descontaron a mi cliente $10.000 de exceso. Mi cliente recien ahora, se le ocurrió consultar con abogado y terminar con este asunto.
PRegunto: PResento mi liquidacion, y digo que devuelvan lo pagado en exceso? o inicio un ordinario por daños y perjuicios por enriquecimiento sin causa?
si tenes fundamentos para impugnar las liquidaciones anteriores, se hace en el mismo expedietnte pues las mismas no causan estado por mas que fueren aprobadas y esta aprobacion se encuentre firme....


igual fijate que tu pensamiento o calculo no es tan lineal respecto a como se actualizan liquidaciones en un ejecutivo