Una persona jubilada fallecio, sin bienes a su nombre y a su conyuge ya le salio la pension. El fallecido habia obtenido prestamo en el banco en el que percibia la jubilación y del recibo le iban descontando mensualmente. Quedaron dos meses impagos y llego nota al domicilio intimando el pago de la deuda bajo apercibimiento de iniciarse acciones en su contra.
Sinceramente previsional no es lo mío, pero al no tener bienes a su nombre, la pensión a la esposa no se la pueden tocar y no hereda deuda. Estoy en lo cierto? por favor ruego me desasnen!!
Sinceramente previsional no es lo mío, pero al no tener bienes a su nombre, la pensión a la esposa no se la pueden tocar y no hereda deuda. Estoy en lo cierto? por favor ruego me desasnen!!
