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  • Rescisión contrato transporte, 24013 o 25323?

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #823358  por justiciadivina
 
Hola!

Quisiera saber qué opinan sobre la siguiente situación:

Persona trabajaba para una distribuidora, facturando como monotributista.
Le llega CD rescindiendo el contrato de transporte.

Respondió negando la existencia del contrato de transporte, diciendo que hay relación de dependencia, etc. e intimando conforme ley 24.013 a que registre la relación laboral.

La duda es:
Estuvo bien en intimar por la 24.013 (como si la relación estuviera vigente)?.
O debió haber reclamado el pago de las multas de la 25.323, atento que la relación laboral se había terminado con la "rescisión de contrato de transporte"?.

En caso de que opinen que va la 25.323: en la demanda puede pedir aplicación subsidiaria de esa norma -aunque no la haya invocado en los telegramas, ya que optó por la 24.013-, para el supuesto de que el juez considere inaplicable la 24.013?

Gracias!
 #823374  por MORGAN
 
sí, puede solicitarse la aplicación subsidiaria de la 25323. por la 24013 va a ser de interpretación y eso va a surgir del intercambio telegráfico. si surge indudable que la relación se extinguió aunque hubieran alegado una relación civil, lo más práctico es hacer la liquidación por la 25323 y a otra cosa.
 #823787  por sanjuanino
 
A mi entender, en este caso no procede la 24013 y si la 25323
Y si se puede plantear subsidiariamente en la demanda. Sugiero que sea planteado de forma explícita para no dejar lugar a la simple indemnización