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 #822736  por Ros
 
Chicos, consignaron judicialmente la indemnizacion por despido, y nos dieron traslado, tengo que si osi reconvenir por diferencia en los montos? o usando el plazo de prescripcion, puedo impugnar la consignacion hacer reserva de demandar los rubros que correponden y demandar por despido mas adelante?
 #822747  por aj
 
A mi humilde criterio, no. Tenes que reconvenir en la contestacion y ofrecer toda la prueba alli
 #822750  por MORGAN
 
cualquiera de las 2 cosas. podés contestar consentir lo que está bien y rechazar lo que no corresponde. manifestá que va a plantearse un reclamo posterior. si hay algún dinerillo pedís giro como a cuenta del total a reclamar. si te dá el tiempo podés reconvenir así los hacés correr un poco.