Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • accidente laboral, busco opiniones por favor!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #820080  por made1805
 
hola amigos foristas, necesito la opinion de ustedes para orientarme un poquito a ver que me conviene: les cuento, tengo una clienta con una antiguedad de 7 años de enfermera, en el 2011 se lesiono la espalda mientras rotaba a una paciente, denunio el siniestro, la art le realizo sesiones de kinesiologia y luego le dio el alta derivandola a su obra social informandole por cd que aceptaban la patologia aguda producida por el accidente y que rechazaban la patologia cronica (vertebra de transicion pinzamiento), ella se reincorpora a su labor y continua atendiendose por la obra social, con un certificado de su medico que aconseja tareas livianas, en su lgar de trabajo ante este certificado le hacen firmar un papel donde dice que realizara tareas livianas, pero a los tres dias le llega cd donde dicen que atento el alta de la art y atento el certificado de su medico, no teniendo tareas livianas para darle la despiden de acuerdo al 247 lct. ahora bien yo le rechazo la causal de despido y solicito la indemnizacion del 245 y por otro lado solicito en la srt comision en la que luego de evaluarla deciden que tiene que continuar en tratamiento y la art se tiene que hacer cargo, voy a conciliacion y no quieren arreglar.
pregunta; inicio demanda por despido sin causa y peleo la diferencia de la indemnizacion y continuo paralelamente el tramite de la srt hasta que le den el alta y ver que incapacidad le otorgan, o inicio demanda contra ambos?
por favor escucho opiniones porque estoy un poco confundida; gracias.
 #820738  por pepecurdele
 
yo iniciaria el despido ahora ya. Respecto al accidente espero a ver que resuelve la comision medica, cobro lo que le dan en esa instancia y hago despues una accion civil por la reparacion integral contra la empleadora y veo si tambien puedo enganchar a la ART por al 1074.