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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #810092  por DraSmith
 
Hola colegas,

mi clienta es empleada bancaria desde hace 30 años, hace 3 años le declararon varias enfermedades que fueron de tipo laboral y el medico le dio el alta solo autorizando de 3 a 5 hs por dia y en un lugar cercano a su domicilio. hace 2 años que esta cobrando el sueldo por el banco porque le enviaron un telegrama que hasta tanto no encuentren el puesto y lugar adecuado para "tareas livianas" la eximiran de prestar tareas con goce de sueldo.
ahora bien, puede quedarse tranquila? que pasa si de un momento a otro no se lo dan mas? tampoco esta con reserva de puesto porque le estan pagando el sueldo normalmente como si estuviese trabajando, tiene algun plazo? (ya paso el año que le da la ley con goce de sueldo y aun se lo siguen pagando)
que debe hacer? ella nunca se atendio por la ART ni tampoco denuncio la enfermedad a la Art, solo al empleador, y se atendio por los medicos de su obra social, no deberia hacerlo a los fines de obtener indemnizacion por incapacidad laboral permanente? puedo iniciar el reclamo ahora?
su medico legista particular le hizo un informe y declaro que tiene el 67 % de incapacidad total y permanente, se puede reclamar a la ART?
con respecto a su empleador, debe intimarlo o sigue cobrando el sueldo? que es lo mas conveniente?

ayuda porque estoy medio desorientada!
gracias!!