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 #808177  por martins
 
Domicilio laboral y del trabajador es en Prov. de BsAs. Voy a iniciar el intercambio telegrafico pero tengo dudas cuando deba iniciar. Solo estoy matriculado en Cap. Fed., puedo iniciar Seclo aqui?
Gracias.
 #808219  por klaudia7
 
Solo a los fines conciliatorios (dejando acentado que el contrato se celebro en capital, ojo te pueden impugnar la jurisdicción). La demanda la tenes que presentar en provincia.
Saludos.
 #808269  por sonicobcn
 
La competencia se fija a eleccion del trabajador en el lugar de celebracion del contrato, en el lugar del trabajo y en el domicilio del demandado, el tema es qeu si ninguno de esos domicilios es en realidad en CABA deberias hacer el juicio en prov. Podes llegar a denunciar que el contrato se celebro en capital y si la otra parte por lo que sea le viene bien litigar en capital no diga nada, cosa que a mi me paso a la inversa (iba por la parte empleadora y me iniciaron el seclo y despues el juicio en capital y lo preferi antes qeu prov).
Saludos
 #808273  por martins
 
Muchas gracias por sus respuestas. El domicilio laboral es en Prov. Bs.As., el de celebracion de contrato y del demandado seguramente tambien. ¿A los fines conciliatorios puedo igualmente iniciar Seclo?, mi intencion es cerrar aqui y no iniciar demanda. Puedo denunciar que el domicilio del actor es en Capital o no influye?
 #808411  por sonicobcn
 
martins escribió:Muchas gracias por sus respuestas. El domicilio laboral es en Prov. Bs.As., el de celebracion de contrato y del demandado seguramente tambien. ¿A los fines conciliatorios puedo igualmente iniciar Seclo?, mi intencion es cerrar aqui y no iniciar demanda. Puedo denunciar que el domicilio del actor es en Capital o no influye?
Hola nuevamente, el domicilio del actor no influye, inicialo igual, si la otra parte concurre será porque le interesa conciliar o litigar en capital, sino ni te molestes en inicar la accion en capital porque despues te van a plantear la incompetencia.
Saludos
 #808575  por DotorJuan
 
Tal cual te lo dijeron, inicia seclo, manifesta contrato en capital y listo, y cuando esten en audiencia no te pongas a discutir derecho, fijate de llegar a un acuerdo y bueno, si no es posible, habria que iniciarlo en provincia el juicio.

Saludos.
 #808920  por DotorJuan
 
En nada. Incluso ahora cambio la forma de ingreso del trámite y ni siquiera tenes que manifestar que se firmo contrato (antes te lo hacian escribir en la hoja de ingreso), y, en todo caso, decile a tu cliente que si le preguntan al respecto, diga que firmo contrato en capital.
 #809084  por Sofia2013
 
Coincido con los colegas, si a los fines conciliatorios lo podes iniciar. Pueden o no comparecer, ya que no es la jurisdicción.
De no comparecer o de si asistir pero no arribar a algun acuerdo, deberás iniciar en provincia.
Un saludo! Sofi *leo*

A los que les interese especializarse en derecho del trabajo, si les interesa, puedo pasarles un lugar donde yo y una amiga tomamos curso de procedimiento y nos ha servido muchisimo. Cualquier cosa, les paso la info.