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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #807316  por tomasdemisio
 
Hola foristas, me gustaria realizarles una consulta ya que hace poco que me he recibido. Tengo un cliente que se accidento el 02/11/09 ,seis dias antes que se dicte el Dto. 1694/09 (Riesgos de Trabajo) en el cual se modifican los topes , en estos dias le van a dar el alta la ART y de alli va a Comision Medica. Suponemos que por el accidente le van a dar mas del 50% y menos del 66%.He detectado que el V.M.I.B. que le han abonado durante el primer año fue calculado mal. Mi pregunta es: puedo reclamar la diferencia que no le han abonado a la A.R.T. ? Y si despues del grado de incapacidad dictaminado por la Comision le dejo cobrar la indemnizacion y despues lo ataco por inconstitucional o una vez que cobre ya no puedo atacar por inconstitucional el monto? Desde ya muchisimas gracias.