HOLA ! ME VINO A CONSULTAR UN CLIENTE X ESTRES LABORAL, TAL LO DIAGNOSTICADO X SU MÉDICO PARTICULAR QUIEN CONSIDERA QUE NO ESTÁ EN CONDICONES DE PRESTAR TAREAS. EN TANTO EL EMPLEADOR LO INTIMÓ PARA QUE SE PRESENTE ANTE EL MÉDICO DE LA EMPRESA QUIEN OPINA QUE EL TRABAJADOR PUEDE TRABAJAR. POR ELLO EL EMPLEADOR LO INTIMO A QUE SE PRESENTE A TRABAJAR BAJO APERCIBIMIENTO DE CONSIDERAR ABANDONO DE TRABAJO. ALGUIEN PODRÍA ACONSEJARME SOBRE CUAL SERÍA LA FORMA MÁS CORRECTA DE PROCEDER? DEBERÍA DENUNCIAR ANTE LA ART, A PESAR DE QUE LA DOLENCIA NO FIGURE EN EL LISTADO DE ENFERMEDADES PROF? DESDE YA MUCHAS GRACIAS. Y FELICES VACACIONES!
Como bien señalas el stress laboral no esta dentro del listado. Por ende te diria como pauta gral que se trataria en todo caso como enfermedad inculpable por el cual la art no se querra hacer cargo.
Yo haria que lo vea un medico legista y determine el grado de incapacidad y tratamiento. Contestar las lct al empleador para atajar cualquier despido, diciendo que esta con licencia medica de tal a tal fecha.., acercarle los certificados obvio. Por ahora puede ir contra la art invocando inconstitucionalidad de los art que corresponden, para el caso que llegara a ser despedido tb tendrás acción contra su empleador. Pero desde ya iras a juicio. Tene tb en cuenta que las prestaciones de la art bien podria ser cubrirle el tratamiento pscicologico..
Slds suerte. Espero haberte orientado un poco.
