Hola COlegas, necesito su opinión. Voy por la empleadora, un empeado se consideró despedido y en la CD que le mandamos rechazando el despido pusimos a su disposisción los certificados art 80 y la liquidación final para que la retire de la sede de ma empresa el cuatro día desde la desvinculación. Ese cuarto día fue ayer y no concurrió - ni a cobrar, ni a retirar los certif., tengo dos preguntas: 1) Mi idea es depositarle hoy la liq final y notificarse lo mediante cd ¿ está bien?, ¿el pago no sería extemporáneo verdad?; 2) Para consignarle los certificados, ¿espero 30 días desde la ruptura? o ¿ya puedo ir sorteando conciliador?. Es en Capital, desde ya mil gracias por su ayuda!.
