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  • Duda retencion de tareas

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #796289  por virginipa
 
Hola colegas les comento: empleo deficientemente registrado por ser falsa la fecha de ingreso (24.013); asimismo está anotada en una categoria diferente (intimo aca la deficiencia por ley 25323) por lo que se reclaman diferencias salariales por escala salarial aplicable a la real categoria; tambien tiene horas extras.- Mi idea era r4etener tareas atento deuda salarial consistente en esas diferencias + horas extras ¿que opinan, les parece procedente la retención?.-
Saludos.-!
 #796321  por sonicobcn
 
si bien es legal juridicamente la retension de tareas surge del codigo civil, yo particularmente no la uso, intimaria por la 24013 y ante negativa o silencio me consideraria despedido.
Saludos
 #796391  por flux
 
Mi idea era retener tareas atento deuda salarial consistente en esas diferencias + horas extras ¿que opinan, les parece procedente la retención?.-
No me la jugaria, como proceder procede, pero existe el riesgo de que, antes de que vos consideres despedido al cliente, el empleador se te adelante y en el interin del intercambio telegrafico despidan primero ellos por abandono de trabajo y entonces ahi vas a estar jugado a tener que probar si o si que la retencion fue bien hecha o te hicieron un despido con causa bien hecho.

La cosa es que la retencion procede por todo hecho que imposibilite seguir prestando tareas, casos como deudas salariales o negativas de tareas son evidentes para la procedencia de la retencion, pero si te jugas por usarla tenes que estar seguro de poder probar el hecho por el cual retenes tareas..., por el riesgo de que antes de que llegues a considerar despedido indirectamente al trabajador, el empleador se adelante con un despido por abandono de trabajo y luego vos quedes con una retencion de tareas que no podes probar el motivo por el que la invocaste.

Yo me quedaria, en este caso, con una intimacion por 24.013 y despido indirecto cuando contesten negando.
 #796469  por virginipa
 
Gracias gente por responder! efectivamente ese es mi miedo: la intimación por abandono; es que no hay un incumplimiento en el pago de salario que me permita retener tareas con tranquilidad, solo las diferencias por convenio y horas extras (que ya sabemos que estas últimas resultan dificil de probar en muchos casos).- Por tal temor buscaba una segunda opinión.......
El tema es que mi clienta no quiere intimar y seguir trabajando.-
Pensé en esperar a que le liquiden diciembre porque por su actividad (empleada de geriátrico: está inscripta como mucama pero en realidad hace tareas de asistente geríatrica) tiene un aumento; si no le liquidan el aumento estoy mas cerca de la procedencia de la retención de tareas.-
Otra tema: como anticipé esta inscripta como mucama; mi idea es alegar que es asistente geriátrico desde que cuida a los anciano, suministra medicamentos e higieniza a los mismos; alguien sabe si para ser asistente geriátrico es necesario título habilitante? yo entiendo que no, el convenio no dice nada al respecto incluso tras un año de antiguedad como mucama el convenio prevee que pasa a ser asistente.... comparto esta duda con Uds!
Feliz Navidad y próspero año nuevo!
 #796473  por GU
 
Si vos intimas reteniendo tareas, ellos te contestan negando las diferencias e intimando a retomar tareas (que siempre requiere intimacion previa), vos tenes que hacer efectivo el despido indirecto antes de que ellos te hagan efectivo el abandono y punto. No pasa nada.

Salutes!
 #796518  por virginipa
 
Si Gu, pero ahora que lo pienso bien, y luego de leer algunos fallos, el tema es que ellos intiman a retomar tareas bajo apercibimiento de abandono, yo contesto haciendo efectivo el despido indirecto y ellos me contestan rechazando mi despido y haciendo efectivo el despido por abandono, así termino discutiendo si el despido fue con causa o sin causa; y lamentablemente por los fallos que vi la intimación a correcta registración no es sufiente para la procedencia de retener tareas.-
saludos.-
 #796578  por GU
 
virginipa escribió:Si Gu, pero ahora que lo pienso bien, y luego de leer algunos fallos, el tema es que ellos intiman a retomar tareas bajo apercibimiento de abandono, yo contesto haciendo efectivo el despido indirecto y ellos me contestan rechazando mi despido y haciendo efectivo el despido por abandono, así termino discutiendo si el despido fue con causa o sin causa; y lamentablemente por los fallos que vi la intimación a correcta registración no es sufiente para la procedencia de retener tareas.-
saludos.-
Si vos haces efectivo el despido indirecto, no se puede extinguir nuevamente (es decir, no pueden hacer efectivo el apercibimiento de considerarte incursa en abandono porque la relacion ya se extinguio).

Es logico que la empresa rechace el despido indirecto porque es coherente con la negativa a que la relacion se encuentre deficientemente registrada, pero no seria correcto que hagan efectivo el apercibimiento porque la relacion ya termino. Y para ser un poco mas correctos, lo que se rechaza es la causal esgrimida, no el despido indirecto que queda configurado por la recepcion de la comunicacion.

No se que fallo estas leyendo pero si vos te consideras despedida, listo, te correspondera acreditar los extremos que justifican el despido indirecto y nada mas. No hay discusion de causa o sin causa ni nada respecto al abandono porque nunca se puede efectivizar.

Salutes!