Mi idea era retener tareas atento deuda salarial consistente en esas diferencias + horas extras ¿que opinan, les parece procedente la retención?.-
No me la jugaria, como proceder procede, pero existe el riesgo de que, antes de que vos consideres despedido al cliente, el empleador se te adelante y en el interin del intercambio telegrafico despidan primero ellos por abandono de trabajo y entonces ahi vas a estar jugado a tener que probar si o si que la retencion fue bien hecha o te hicieron un despido con causa bien hecho.
La cosa es que la retencion procede por todo hecho que imposibilite seguir prestando tareas, casos como deudas salariales o negativas de tareas son evidentes para la procedencia de la retencion, pero si te jugas por usarla tenes que estar seguro de poder probar el hecho por el cual retenes tareas..., por el riesgo de que antes de que llegues a considerar despedido indirectamente al trabajador, el empleador se adelante con un despido por abandono de trabajo y luego vos quedes con una retencion de tareas que no podes probar el motivo por el que la invocaste.
Yo me quedaria, en este caso, con una intimacion por 24.013 y despido indirecto cuando contesten negando.
Cuando una multitud de cuervos rodeaba al cliente al grito de "que pague!, que pague!", se hizo presente el señor y dijo "el que este libre de inflar una liquidacion, que arroje la primer calculadora"