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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #795547  por garo25
 
Colegas!
Les hago una consulta, tengo una clienta que la despidieron el dia de hoy or reecorte de personal.
Ell recibio la noticia de palabra, y todavia esta en el trabajao. Sucede que ella hace dos años y medio que esta en el trabajo, pero un año y medi estuvo en un relacion registrada, y despues la empresa cambia de firma, y hacen renunciar a todos los empleados y de ese momento hasta la fecha estuvo trabajando en negro.
Obviamente no le van a mandar telegrama ni nada porque ella no esta registrada.
Mi duda es como debe de proceder. Yo le dije que ella hoy termine su jornada laboral, y que espere a que le digan que no vaya mas. Wue si no le dan nada por escrito siga yendo al trabajo, y en el dia de mañana mandamos un telegrama en que intimemos a regularizar relacion laboral por estar no registrada y demas..
Esta bien el poceder?? Yo le dije asi para que quede configurado el intercambio epistolar y que podamos accionar mas adelante si quiere iniciar acciones por trabajo en negro. Mas alla de la liquidacion que le debne realizar!
Si alguien me puede ayudar se los agradeceria porque quiero darle una rta antes que se vaya del trabajo.
Gracias
 #795576  por diegogp
 
Estimado. Entiendo que primeramente habría que estudiar el hecho de la continuidad de la explotación comercial. No obstante, al leer que "todos los trabajadores renunciaron en la anterior firma" sería objeto de prueba (probaría que la renuncia fue coaccionada). Esto sobre todo en lo que respecta a la antiguedad y a la solidaridad en las obligaciones entre los anteriores titulares de al firma y los nuevos. Por otro lado si le dijeron que no vaya más a trabajar lo que haría sería enviarle un Telegrama Laboral que diga algo así: "Encontrándome laborando bajo sus ordenes y en relación de dependencia desde el día…., realizando tareas de ….., de lunes a viernes, cumpliendo un horario de ….a ……, percibiendo una remuneración mensual de pesos ….($....), ante negativas de tareas el día.....intimo por el plazo de 48 hs de recibida la presente aclare situación laboral. Asimismo por la presente intimo por el plazo de 30 días para que registre la relación laboral en los registros del Art. 52 LCT o en el que haga sus veces y en los registros del Art. 18 Inc. a) LE, conforme lo establecido en los arts. 8 y 11 de la Ley 24.013, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el Art. 15 de la misma ley. Todo se hace bajo apercibimiento de considerarme injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Queda usted legalmente notificado y emplazado conforme a derecho". En otro telegrama mandás ésto a la AFIP : "En los términos de la Ley 25.345 articulo 47, 23.789 Art. 2 inciso d) y 24.013 Art. 11 inciso b) comunico a AFIP del reclamo cursado a …… con domicilio en ……CUIT….. dedicado a ….., a tenor del siguiente texto :(ACÁ COPIAS EL TEXTO TRANSCRITO). Esto es un requisito de la Ley Nacional de Empleo 24013 para que sean procedentes las indemnizaciones agravadas estatuidas por dicha ley.

Mi opinión es esa debido a que si ya la empresa no quiere que tu clienta trabaje, ella está en negro y demás no le veo otra alternativa.
Espero te sirva la respuesta.
Exitos.
 #795581  por garo25
 
Perfecto!
Eso es lo que necesitaba.
Yo apuntaba a eso, no a que no la hechen porque ya estaba realizado, y ademas eso era lo que quria mi clienta.
Pero no sabia si ya mandaba en el dia de mañana el telegrama o no.
Ella yo le dije que no firme nada, y que ya directamente mañana mandemos eso. Mas que nada porque si la empresa esta hechando a varios es por algo, y me da la impresion que seguramente cierre o se decrete en quiebra!
El telegrama lo mando directamente al domicilio de la emrpesa y a la afip no???
Gracias por la ayuda!!!
 #795593  por eltam88
 
garo25 escribió:Perfecto!
Eso es lo que necesitaba.
Yo apuntaba a eso, no a que no la hechen porque ya estaba realizado, y ademas eso era lo que quria mi clienta.
Pero no sabia si ya mandaba en el dia de mañana el telegrama o no.
Ella yo le dije que no firme nada, y que ya directamente mañana mandemos eso. Mas que nada porque si la empresa esta hechando a varios es por algo, y me da la impresion que seguramente cierre o se decrete en quiebra!
El telegrama lo mando directamente al domicilio de la emrpesa y a la afip no???
Gracias por la ayuda!!!
¿El telegrama al domiciliode la empresa y a la afip? Si.
 #795651  por agentil
 
Por mas que haya renunciado a la anterior empresa creo que se perfeccciono una transferencia de personal por lo que la antiguedad se computa desde que ingreso en la primera. Esto también mencionalo en el telegrama.

saludos!
 #795720  por garo25
 
Gracias por las respuestas!
Ya arme el telegrama y voy a mandarlo a la empresa y a la afip copnjuntamente, directamente intimo como dijeron a que aclare y regularice situaicon laboral. Directamente pongo la fecha de inicio de tareas hasta el dia de hoy que fue el ultimo dia lñaboral, lo computo todo como relacion laboral con la antiguedad, no?
Les hago una ultima consulta porque me surgio duda,la empresa le dijo que pase el miercoles a buscar la liquidacion y firmaba acuerdo que se lo pagaban en 3 veces.. Yo practique la liquidacion y es mucho mas de lo que ellos lo dijeron, mas alla de eso si ya directamente se manda el telegrama elmiercoels tiene que ir o ya no???? Esa es la duda que me surge, la empresa es de provincia.