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  • JORNADA LEGAL CALL CENTER. HORAS EXTRAS

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #794477  por carlosspota
 
Hola quisiera que alguien me diga si tiene claro
1)cuál es la jornada legal o convencional para la actividad "call center"
2)Si bien se que en CF se aplica el CCT de Comercio 130/75(48hs semanales), escuché que existe un acuerdo de reducción de jornada a 36 hs semanales para dicha actividad
3)Cuáles deberían ser las horas extras entonces?
 #794727  por MARPESSOLANI
 
Hola, si es verdad que hay un Resolucuon del Minsiterio 381/2009 y luego el cct 103/75, segun una modificacion de 2010 en su articulo 8 dicen que la gente de call trabajaria hasta un tope de 6 horas.-
Habria que buscar en la pagina del sindicato de comerico, ese acuerdo.- Lo se a esto porque me lo contestaron en una demanda, pero no me pusieron excata la fecha ni numero de exp, ni homologacion.-
Si las horas pactadas de trabajo son 6, porque en este caso, si no hay contrato de trabajo, si hay un cct que lo establece asi, para mi las horas extras son sobre las seis que supere, aunque no supere las 48 semanales.
Saludos
 #794740  por carlosspota
 
MARPESSOLANI escribió:Hola, si es verdad que hay un Resolucuon del Minsiterio 381/2009 y luego el cct 103/75, segun una modificacion de 2010 en su articulo 8 dicen que la gente de call trabajaria hasta un tope de 6 horas.-
Habria que buscar en la pagina del sindicato de comerico, ese acuerdo.- Lo se a esto porque me lo contestaron en una demanda, pero no me pusieron excata la fecha ni numero de exp, ni homologacion.-
Si las horas pactadas de trabajo son 6, porque en este caso, si no hay contrato de trabajo, si hay un cct que lo establece asi, para mi las horas extras son sobre las seis que supere, aunque no supere las 48 semanales.
Saludos

Marpessolani: Gracias por la información! Encontré esto: http://jorgevega.com.ar/laboral/89-acue ... ercio.html
Ahora, las horas extras (que excedan a las 36 semanales) que voy a poder reclamar son a partir de junio 2010 cierto? Gracias y saludos