Colegas les comento; mi cliente regresando de su trabajo tiene un accidente de transito (choque en auto), el tema es que el trayecto que usa no es el mas apropiado, o sea usaba uno mas largo, por ruta, en lugar de ir por la ciudad, mas corto, aunque siempre usaba el mismo y nunca le hicieron denuciar el trayecto. Luego del accidente la ART le da tratamiento por el siniestro (o sea que entinedo acepta el accidente) luego da el alta.- Mi pregunta puntual es si a pesar de haber prestado cobertura, cuando le iniciemos la demanda esta puede ahi cuestionar el accidente por lo antes comentado del trayecto, o si por el contrario debió haberlo cuestionado antes, no pudiendo hacerlo ahora, si tienen jurisprudencia se les agaderera aún mas, espero su ayuda, saludos.-
