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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #72298  por Fla
 
Hola! Les consulto por un Plan de Pago que tengo que enviar. Resulta que registra un Plan anterior por Ley 25865 que se acaba de cancelar la deuda de contado. Hoy, a la tarde, pude ver que el Plan me aparece "cancelado" y tengo habilitada la opción de "confirmar plan". Mi duda es, en el Detalle de deuda me aparecen con deuda los periodos que tengo regularizados en el Plan por Ley 25865, entonces cómo sigo :roll: ? primero tengo que confirmar el plan (Ley 25865), luego envío el nuevo plan de pago (Ley 24476) y en Anses presentó los dos planes? ó despues de confirmar el plan tendría que volver a calcular el Sicam para que ese período me figure sin deuda?

Muchas gracias!
 #72356  por bety78
 
[quote="Fla"]Hola! Les consulto por un Plan de Pago que tengo que enviar. Resulta que registra un Plan anterior por Ley 25865 que se acaba de cancelar la deuda de contado. Hoy, a la tarde, pude ver que el Plan me aparece "cancelado" y tengo habilitada la opción de "confirmar plan". Mi duda es, en el Detalle de deuda me aparecen con deuda los periodos que tengo regularizados en el Plan por Ley 25865, entonces cómo sigo :roll: ? primero tengo que confirmar el plan (Ley 25865), luego envío el nuevo plan de pago (Ley 24476) y en Anses presentó los dos planes? ó despues de confirmar el plan tendría que volver a calcular el Sicam para que ese período me figure sin deuda?

Muchas gracias![/quote]

A mi humilde entender y habiendo trabajado casos similares, te recomiendo:

1) Confirma el plan (Ley 25865)
2) Envia el plan por 24476.
3) NO CALCULES NUEVAMENTE
4) Si te siguen apareciendo los periodos como impagos imprimi los dos planes y lleva los comprobantes al turno.

 #72370  por Fla
 
bety78, muchas gracias, me aclaraste todas las dudas.
Saludos!

 #73577  por Fla
 
Ya lo envié. Primero confirmé el Plan Ley 25865 y luego envié el Plan Ley 24476.

En la pantalla de presentaciones efectuadas me aparece de esta manera:

En impuesto 374 figura un renglón con la fecha de presentación del Plan 25865 (20/06/04), tipo "original" y la situación "No Vigente" y otro renglón con fecha de presentación 19/11/07, tipo "rectificativa" y la situación "Plan Cancelado".

Mas abajo, en Impuesto 127 - Ley 24476, con fecha de presentación del plan 19/11/07 y la situación "Vigente".

Lo hice bien :roll: ?

 #73596  por Ishtar
 
Hola, tenes que pedir turno y llevar impresos los dos planes, el de la 25865 tenes que imprimir ademas la hoja donde te salen todos los pagos que hiciste.

 #73609  por GEO
 
YO RECIEN EMPIESO CON ESTO Y MI DUDA ES QUE UNA SEÑORA CANSELO TODA LA DEUDA CON LA LEY 25.865, LO PAGO EL PRIMERO DE OCTUBRE Y TODAVIA NO SALEN LOS PAGOS COMO PUEDO HACER PARA VERLO? O DONDE RECLAMO?

 #74148  por Ishtar
 
GEO escribió:YO RECIEN EMPIESO CON ESTO Y MI DUDA ES QUE UNA SEÑORA CANSELO TODA LA DEUDA CON LA LEY 25.865, LO PAGO EL PRIMERO DE OCTUBRE Y TODAVIA NO SALEN LOS PAGOS COMO PUEDO HACER PARA VERLO? O DONDE RECLAMO?
Hola, es muy probable que en tu caso no este saldada toda la deuda...a mi me paso una vez lo mismo...si queres te explico por mp...

 #74356  por bety78
 
[quote="Ishtar"][quote="GEO"]YO RECIEN EMPIESO CON ESTO Y MI DUDA ES QUE UNA SEÑORA CANSELO TODA LA DEUDA CON LA LEY 25.865, LO PAGO EL PRIMERO DE OCTUBRE Y TODAVIA NO SALEN LOS PAGOS COMO PUEDO HACER PARA VERLO? O DONDE RECLAMO?[/quote]

Hola... pueden ocurrir dos cosas:

1) Que quede un remanente a pagar. Te vas a dar cuenta en si vas a imprimir los volantes de pago y te tira uno mas con poco monto.
2) Ahora bien, si no tenes posibilidad de llegar a imprimir mas volantes y en realidad lo que te ocurre es que el plan no te sale "cancelado" lo unico que tenes que hacer es enviar el plan por 24476 (que supongo habras liquidado para obtener un beneficio jubilatorio) y luego de enviado te va a figurar como cancelado el plan 25865. Si aun apareciendo cancelado te siguen figurando periodos impagos, todo lo que tenes que hacer es ir al turno con los dos planes impresos, es decir, el plan 25865 y el 24476.

Si te hice mucho lio disculpame, es que son varias las posibilidades que tenes. Cualquier cosa decime bien como es el problema y te respondo puntualmente. Saludos....

 #76899  por Fla
 
En esta oportunidad, escribo para contarles que hoy presenté el trámite y lo iniciaron sin ningún inconveniente. Estoy mas que contenta:D

Bety78 e Ishtar, muchas gracias por toda la ayuda. Besos!

 #77243  por Ishtar
 
Hola Fla, me alegra muchísimo, contanos cuando te salga acordada
:lol:

 #77291  por Matilde
 
Hola Ishtar y Beyt78: les cuento que tengo una cliente que tengo que jubilar y tiene un plan por la 25865 y no esta cancelado. Varios me dijeron que puedo solicitar la baja del plan y luego hacer el sicam por 24476 y listo. Que me dicen?? (Por supuesto. la baja la pido en AFIP)

 #77294  por Ishtar
 
Matilde escribió:Hola Ishtar y Beyt78: les cuento que tengo una cliente que tengo que jubilar y tiene un plan por la 25865 y no esta cancelado. Varios me dijeron que puedo solicitar la baja del plan y luego hacer el sicam por 24476 y listo. Que me dicen?? (Por supuesto. la baja la pido en AFIP)
Hola Matilde, yo me canse de ir al Afip, preguntar, repreguntar en Anses y la unica posiblilidad fue cancelando hasta el ultimo centavo de la 25865...desconozco que se puede sin hacerlo, si sabes algo concreto avisanos. Gracias

 #77717  por Matilde
 
OK. Les aviso. Por lo pronto presentè multinota ante Afip solicitando la baja. Veremos que pasa...Mientras, sigue pagando!

 #77750  por mvt
 
Matilde escribió:OK. Les aviso. Por lo pronto presentè multinota ante Afip solicitando la baja. Veremos que pasa...Mientras, sigue pagando!
hola les cuento que yo tengo un caso similar mi clienta hizo el plan de la ley 25865 en el año 2004 pago 4 cuotas de un plan de 30, y como este plan esta caduco, en la AFIP me dijeron que tenia que presentar una multinota solicitando la baja de ese plan y una vez confirmada la baja iba a poder hacer la moratoria de la ley 24476.
Si no doy de baja el plan tengo que cancelar la ley 25865, para poder hacer la ley 24476.
Me dijeron que la respuesta a la multinota tarda bastante porque lo resuelven en la afip central y que hubo casos en donde dieron de baja a esa ley.
Todavía estoy esperando la respuesta.
Les mando saludos.

 #80315  por Matilde
 
Hola mvt: te cuento que a mì en AFIP me dijeron que la solicitud de baja la envìan a Bs.As. - Casa Central y demora aprox. 90 dìas. Hasta ahora no tengo respuesta. Pero, a vos el plan en pantalla, te sale como no vigente??? Por que dicen que caduco?? porque tu cliente no pago màs cuotas??