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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #787666  por odieguez59
 
Hola estimados colegas y buen año

Mi tema es el siguiente; tengo un cliente que el año pasado a raíz de un examen períodico, le detectaron hipoacusia, razón por la cual estuvo dos meses sin ir a trabajar. En el informe de la ART al empleador, aconsejan recalificación profesional ya que el ruido quedo determinado que provenía de la fábrica. Hasta el día de hoy no tuvo mas noticias acerca de la incapacidad de sus oídos ya que no le hicieron junta médica para detectar el grado.
Mi pregunta es la silguiente:
Debo de intimar por CD a la ART para que cumpla con la determinación de la incapacidad o debo iniciar con medico legista de por medio que determine incapacidad juicio a la ART, o hacer las dos cosas juntas es decir notificar e iniciar juicio.
En caso de notificar por medio de CD podrían pasarme el contenido de como la inicio.
Desde ya muchas gracias.

Osvaldo Dieguez
 #787689  por sonicobcn
 
Mi consejo es que te busques un medico legista para que te haga una pericia de parte e iniciaria acciones legales, si el trabajador sigue trabajando y no quiere tener problemas con el empleador demandá a la ART en base a la LRT, si ya no trabaja o no le importa tener problemas con su empleador iniciá las acciones contra ART y empleador en base a los presupuestos de la responsabilidad del codigo civil.
Por supuesto inicia un SECLO, ahi negociá en base al grado de incapacidad qeu tenga tu cliente, y si fracasa armas la demanda en base al grado de incapacidad.
Saludos
 #787739  por Sofia2013
 
Hola Osvaldo, comparto, lo que dice, acá, nuestro colega amigo.
Yo, no inicio, nada, sin que pase, por mi legista, ya, que jamás, te dan la capacidad que corresponde, si alguno, en algun caso, encuentra un caso, por favor que me avise...porque, seria una excepción.

Después, si, al trabajador, le interesa, permanecer en la empresa, trataria, de no molestarla para nada....Ir, con todo, contra la ART, con informe en mano, previo a carta documento, o podes pedir un SECLO también, para ver si podes, resolver en esa instancia.

Caso, contrario, todo el procedimiento de la LRT, horrible, un espanto, pero no queda otra, por el momento....Hace poco, igual, reforcé éste tema, en un curso de práctica profesional, que tomé, me desasné, bastante, te lo recomiendo....muy bueno, vimos, vs. casos de éstos...

Ahora, llegado, el caso, que el trabajador, quede en la calle, que es muy probable, voy directamente, contra el empleador, ahí, podes volver a citar, a la ART, a ver, si en la via extrajudicial, concilias...Pero, sino, cerras, y solo inicias, contra el empleador, planteando, la inconstitucionalidad, del 39 de LRT, y vas por el Codigo civil, dsps, el empleador se ocupa, de repetir, contra la citada en garantía, en éste caso, la ART...

Bueno, mucha suerte!! Un gusto! Sofi. :P
 #787798  por odieguez59
 
Hola

Gracias por contestarme y darme toda la info. despues les cuento

Osvaldo Dieguez