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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #786740  por juanlu
 
Hola a todos. Queria consultarles respecto de algunas dudas sobre la formula de pago por accidentes de trabajo que se cobra cuando no se pide la reparacion integral. La formula que saque de enlacesjuridicos.com es:

C= 53 x IBM x 65/Edad al momento del accidente x % incapacidad.

C es lo que pagara la ART
53 coeficiente que deriva de la ley 24557 para incapacidades menores a 53%
IBM es el ingreso basico mensual que se obtiene (creo) de sumar todos los sueldos del año + aguinaldo y dividirlos por 12
65 edad al momento de jubilarse (creo)

Mis consultas son:
1- ¿Esta bien como planteo el calculo del IBM?
2- Si el accidentado es una mujer ¿en lugar de 65 ponemos 60?

Espero puedan darme una mano y de paso que quede la ayuda para otros. Saludos y gracias.
juanlu
 #786766  por sonicobcn
 
IBM: se suma la totalidad de lo percibido en los ultimos 12 meses, dividido 365 y multiplicado por 30,4
La formula es indistinta tanto para hombres como para mujeres
Saludos
 #787188  por alejandra01
 
una vez Morgan medijo que son 12 meses más el sac.
Si estuvo en negro serán 13 meses...
sonicobcn escribió:IBM: se suma la totalidad de lo percibido en los ultimos 12 meses, dividido 365 y multiplicado por 30,4
La formula es indistinta tanto para hombres como para mujeres
Saludos
 #787203  por sonicobcn
 
alejandra01 escribió:una vez Morgan medijo que son 12 meses más el sac.
Si estuvo en negro serán 13 meses...
sonicobcn escribió:IBM: se suma la totalidad de lo percibido en los ultimos 12 meses, dividido 365 y multiplicado por 30,4
La formula es indistinta tanto para hombres como para mujeres
Saludos
Por eso puse la totalidad de lo percibido en los ultimos 12 meses, que incluyen en la mayoria de los casos los dos medio aguinaldos.
Saludos
 #908645  por egalonso
 
juanlu escribió: C es lo que pagara la ART
53 coeficiente que deriva de la ley 24557 para incapacidades menores a 53%
si la incapacidad es, por ejemplo, del 60% la fórmula cambia? o lo único que cambia es el adicional de pago único?

yo lo calcularía así: ibm x 53 x 65/edad x 0,6 + adicional de pago único

está mal?
 #908685  por rasputin1978
 
Entiendo que se paga segun 208 LCT mientras el trabajador se encuentra con la ILT, pero en caso de la indemnizacion por incapacidad ILP, se paga en base al Art. 12 LRT.- Saludos
 #913005  por martins
 
Tengo dudas para un calculo: Hombre, 30 años, IBM $ 6000 aproximado, con una incapacidad del 100%. Yo hago el siguiente calculo:
ibm x 53 x 65 /30 x 100 (% de incapacidad) / 100.
Es asi? o cuando la incapacidad es alta cambia la formula? Gracias.-
 #915392  por juanlu
 
Martins, creo que el 53 de la formula deriva de un tope máximo de la ley 24557, que se relaciona con el 53% de incapacidad; no recuerdo si es el art. 17, o de lo contrario dale una leída a esa ley para verificar y espera otras respuestas, porque con el 100% de incapacidad tal vez no sea esta fórmula. Saludos,
juanlu
 #915929  por rasputin1978
 
martins escribió:Tengo dudas para un calculo: Hombre, 30 años, IBM $ 6000 aproximado, con una incapacidad del 100%. Yo hago el siguiente calculo:
ibm x 53 x 65 /30 x 100 (% de incapacidad) / 100.
Es asi? o cuando la incapacidad es alta cambia la formula? Gracias.-
En ese caso la formula que usas es la del Art. 15, teniendo en cuenta la incapacidad que planteas, por lo tanto deberias ir por la inconstitucionalidad del pago en forma de renta aplicando el fallo "milone".- Saludos
 #916163  por martins
 
rasputin1978 escribió:
martins escribió:Tengo dudas para un calculo: Hombre, 30 años, IBM $ 6000 aproximado, con una incapacidad del 100%. Yo hago el siguiente calculo:
ibm x 53 x 65 /30 x 100 (% de incapacidad) / 100.
Es asi? o cuando la incapacidad es alta cambia la formula? Gracias.-
En ese caso la formula que usas es la del Art. 15, teniendo en cuenta la incapacidad que planteas, por lo tanto deberias ir por la inconstitucionalidad del pago en forma de renta aplicando el fallo "milone".- Saludos
Gracias rasputin. Pero cual seria la formula a aplicar en este caso entonces?