Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Insultada poe mi cliente, renuncia ayuda

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #770356  por Marianrob
 
Necesito a todos los que puedan darme una manito,

tengo un cliente loco recien comenze con el juicio laboral en San Isidro, todavia no se dio traslado a la demanda mi cliente me insulta a mi y a mi secretario porque le solicite el bono y jus que yo pague de mi bolsillo, no tengo ni pacto ni convenio de honorarios, voy a renunciar como puedo hacer para que en momento oportuno retengan mis honorarios?


Alguien sabe la diferencia entre pacto de cuota y litis y el convenio de honorarios? Cual es el conveniente?

son 2 preguntas, gracias a todos y espero respuestas.
 #770366  por abglu
 
Hola: Te cuento en la cuota litis vos pactas un porcentaje del resultado del juicio y se presenta en el expediente.
En el pacto de honorarios se pacta una suma fija en cuotas, etc. tambien es comun pactar un porcentaje pero es discutible que no se transforme en cuota. Al no ser presentado en juicio seria un contrato regido por el derecho privado.
En el derecho laboral tenes el orden publico laboral con lo cual tenes que presentarlo en el expediente y ratificardo por el trabajador tiene que ser aprobado por el juez. ¿ ocure asi? Generalmente NO. Generalmente no se presentan para no quedar asociado al pleito del cliente.
Ese pacto no es exigible. La cobrabilidad depende de la confianza que tengas con el cliente y que te lo pague en su momento cuando el cobre.-
La renuncia al poder en general implica una resolucion de ese pacto. Generalmente es una clausula.
Entoces frente a la renuncia solo podes cobrar lo que te regulen en su momento.-
OPCIONES:
1) RENUNCIAR e intimar en expediente a que se designe nuevo apoderado. Solo te van a regular honorarios por el escrito inicial segun tu ley de honorarios.
2) CONTINUAR Hasta que te revoque el poder. Pero si tenes problemas con el tipo tal vez la opcion 1 sea la mas conveniente.-
3) Si presentas el pacto y el trabador ratifica, tenes que esperar a que el revoque el poder para hacerlo valer y de todas formas el pacto solo lo vas a hacer valer en la proporcion a la etapa procesal cumpida.-
Saludos.-
 #770371  por Squonk
 
Marianrob escribió: no tengo ni pacto ni convenio de honorarios, voy a renunciar como puedo hacer para que en momento oportuno retengan mis honorarios?
Cuanto haya deposito en autos a favor del actor podes solicitar se retenga el monto de tus honorarios

Marianrob escribió: Alguien sabe la diferencia entre pacto de cuota y litis y el convenio de honorarios? Cual es el conveniente?
Básicamente la diferencia es que uno es un porcentaje y el otro es una suma fija.
En laboral se utiliza el pacto de cuota con los requisitos de homologación establecidos por el art. 277 LCT.

Saludos
 #772613  por angelesdelara
 
Tengo una duda. presente a un pacto de cuotalitis laboral pidiendo que se ratifique y se homologue pero como el demandado no contesto demanda quedo rebelde y lo pasaron a sentencia la cual salio rapidisimo el mismo dia que yo presente el pacto. Salio un proveido que dice "ratificado que sea personalmente por el trabajador se proveera" pero me dijeron en el juzgado que como salio la sentencia no puede ratificarlo. Que ocurre con esto? es una persona mas o menos confiable, pero que ocurre en caso de no poder cobrarle? tiene algun valor el pacto que presente? gracias
 #772648  por abglu
 
hola: Si vos presentaste el pacto antes y en forma y se dicto autos a sentencia antes de la ratificacio, es una falla del juzgado que no proveyo tu pedido de ratificacion antes de la sentencia.
Ahora el tema es que si la sentencia ya se dicto en esas condiciones el pacto de cuota litis no se perfecciono y por lo tanto la regulacion que te hicieron no es sobre el pacto sino de tu ley de honorarios a cargo del demandado.
El pacto no ratificado y homolado no tendria ninguna validez y no lo podes exigir judicialmente. Tu unica manera de cobrar es que tu cliente te lo abone de manera amigable.