Hola Colegas...queria consultarles si el plazo de caudicidad de 6 meses...por inactividad...se computa en dias habiles o corridos???
Codigo Procesal Prov Bs.As
CADUCIDAD DE LA INSTANCIA (artículos 310 al 318)
*ARTICULO 311: Cómputo. Los plazos señalados en el artículo anterior se computarán desde la fecha de la última petición de las partes o resolución o actuación del tribunal, que tuviese por efecto impulsar el procedimiento.
Correrán durante los días inhábiles, salvo los que correspondan a las ferias judiciales.
Para el computo de los plazos se descontará el tiempo en que el proceso hubiese estado paralizado o suspendido por acuerdo de las partes o por disposición del Juez.
Modificado por: LEY 12357 Art.1
